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Actualización: Juez falla a favor de periodista acusado de injurias

Nov 28, 2012

El 28 de noviembre de 2012, el Juzgado Tercero de Garantías Penales de Los Ríos declaró sin lugar la acción penal por injurias no calumniosas, interpuesta por Aldo Loqui Sánchez, exdirector de la Agencia Nacional de Tránsito de esa provincia, contra el periodista Antonio Medrano, corresponsal de diario «El Universo», en la ciudad de Babahoyo ubicada a 340 km al oeste de Quito. La resolución del Juez dice lo siguiente: “Declaro sin lugar la querella penal propuesta por Aldo José Loqui Sánchez contra Antonio Medrano Pacheco. Confirmada la inocencia del acusado por haberse justificado la excepción de prescripción de la acción”. El tribunal no se pronunció sobre el fondo del asunto.

En noviembre de 2011, el Juzgado Octavo de Garantías Penales de Guayas admitió a trámite la demanda por injurias no calumniosas interpuesta por Aldo Loqui, tras la publicación de una nota informativa sobre las constantes quejas de los usuarios del Consejo Provincial de Tránsito, por la existencia de tramitadores y pedidos de coimas en el interior de esa institución que, en ese entonces, dirigía Loqui.

En la demanda, Loqui aseguró que el periodista «le profirió una serie de injurias», tras publicar una noticia, en la que el autor «ha adecuado su conducta dolosa dentro del tipo penal tipificado en el Art. 489, del Código Penal». Por ello, exige una indemnización de $500 mil y una sanción que podría ser de seis meses a dos años de prisión.

La nota que desencadenó la demanda fue publicada el pasado 11 de mayo de 2011 en diario El Universo bajo el título: «Taxistas presionan por salida de funcionario de tránsito». En ella, se adjuntó un recuadro en el que se especificó que Aldo Loqui había sido removido de la Dirección Provincial del Consejo de Tránsito de Los Ríos. «Se lo acusa de permitir laborar a tramitadores en la entidad, de cobrar $ 30 por el examen escrito para la licencia y de permitir circular a los taxis piratas».

Cabe recordar que el pasado 22 de marzo, casi diez días después de la publicación de dicha nota, Medrano fue amenazado de muerte por desconocidos, a través de llamadas telefónicas que, en su momento, fueron denunciadas ante la Fiscalía.

Fundamedios reconoce que la desestimación de la querella impuesta contra el periodista Medrano evitó que se configure una violación al derecho a la libertad de expresión en su perjuicio, y más allá de que la acción se haya encontrado prescrita, la misma resultaba improcedente porque la información vertida en la nota de 11 de mayo de 2011 se refería a posibles actos de corrupción por parte de un funcionario público, la misma que  goza de especial protección contra la imposición de responsabilidades ulteriores. Por ende, la utilización del derecho penal en este caso resultaba excesiva, innecesaria y atentatoria contra el ejercicio de ese derecho.  Finalmente,  es pertinente recordar que el desempeño de la función pública entraña una mayor exposición al escrutinio por parte de la prensa y la ciudadanía, por lo que quienes la ejerzan deben tener un mayor nivel de tolerancia a la crítica que se realice sobre su gestión, y a las denuncias que se realicen en torno a ella.

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