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Fundamedios

Sanciones por Ley Comunicación

Asamblea aprueba cambio a la Constitución para que la comunicación sea considerada como servicio público

Dic 3, 2015

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servicio publico

El 3 de diciembre de 2015, con 100 votos a favor, ocho en contra y una abstención, la Asamblea Nacional, en la sesión 360, aprobó un paquete de 15 enmiendas a la Constitución propuestas por el bloque de asambleístas del oficialismo. Uno de los cambios constitucionales convierte a la comunicación como servicio público, lo que implica un grave retroceso y vulneración al derecho a la libertad de expresión.

Tras 10 horas de debate, la Asamblea Nacional, aprobó que el artículo 384 de la Carta Magna sea modificado para incluir el siguiente párrafo: La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios”. De esta manera, el mencionado artículo, que se ubica en la sección séptima de la Constitución bajo el título de “Comunicación Social” quedaría así: “La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios. El sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana…”

El 26 de junio de 2014, el bloque de asambleístas del oficialismo, liderado por la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, entregó a la Corte Constitucional el proyecto para cambiar la Carta Magna con un número inicial de 17 enmiendas. La inclusión de la enmienda referente a la comunicación responde a una propuesta que presentó en meses pasados el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información (Cordicom). Sin embargo, fue el Presidente de la República quien el pasado 18 de junio, durante su intervención en la Comisión Permanente de Formación Política del movimiento oficialista Alianza País sugirió a sus integrantes profundizar en cuestiones verdaderamente revolucionarias y se preguntó “¿por qué no hacer una enmienda constitucional” para “establecer que la comunicación y particularmente la información no es un simple negocio privado” sino “un servicio público que tiene que estar garantizado para la sociedad en forma adecuada?”, en declaraciones recogidas por diario El Comercio.

Antes de que se reforme la Constitución, la Ley Orgánica de Comunicación, en su artículo 79, ya introdujo el concepto de que la comunicación es un servicio público al señalar que “…la comunicación social que se realiza a través de los medios de comunicación es un servicio público que deberá ser prestado con responsabilidad y calidad, respetando los derechos de la comunicación establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y contribuyendo al buen vivir de las personas…” Este concepto fue ampliamente cuestionado por inconstitucional y atentatorio a los tratados internacionales.

Fundamedios advierte sobre las adversas consecuencias que representa el hecho de que el Estado adquiera la titularidad de un derecho humano que desde hoy en el Ecuador será un “servicio público”. La reforma constitucional se debe, vincular a los artículos 314, 315 y 316 de la misma Constitución donde se definen las condiciones en qué el Estado interviene en la prestación de los servicios públicos y señala: “La Constitución señala, en su artículo 314, que “el Estado es el responsable de la provisión de los servicios públicos…” y establece que el Estado es el encargado de garantizar “que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad. El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los servicios públicos sean equitativos, y establecerá su control y regulación”.

El artículo 315 de la constitución establece que “El Estado constituirá instituciones públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos (…) Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes…” .

Fundamedios llama a los ciudadanos ecuatorianos y a la comunidad internacional a estar vigilantes sobre cualquier intento del Gobierno ecuatoriano de estatizar y tomar el control de un sistema de medios que ya en este momento afronta las consecuencias de una concentración de poder estatal desmedido. Así mismo, pide estar alertas si es que se intenta avanzar al control sobre los contenidos de la plataforma de Internet y otros sistemas de comunicación actualmente no controlados por el Estado.

Assembly approves amendment to constitution that makes communication a public service

 On 3 December 2015, with 100 votes in favor, eight against and one abstention, the National Assembly, in its 360th session, approved a package of 15 amendments to the constitution proposed by the block of ruling party assembly members. One of the constitutional amendments turns communication into a public service, which implies a serious setback and a violation of the right to freedom of expression.

After 10 hours of debate, the National Assembly approved the amendment of Article 384 of the Constitution, which will now include the following paragraph: «Communication as a public service will be provided through public, private and community based media». The article in question, located in the seventh section of the Constitution under the title «Social Communication», will now read: «Communication as a public service will be provided through public, private and community based media. The social communication system will guarantee the exercise of rights of communication, information and freedom of expression, and will strengthen citizen participation…».

On 26 June 2014, the block of ruling party assembly members, led by the president of the National Assembly, Gabriela Rivadeneira, delivered to the Constitutional Court the bill to amend the Constitution with an initial number of 17 amendments. The inclusion of the amendment concerning communication follows a proposal put forward in recent months by the Council for the Regulation and Development Information (Cordicom). However, it was the president of the Republic who on 18 June, during his speech before the Standing Committee on Political Education of the ruling party Alianza País, suggested to its members that they should look deeply into truly revolutionary issues and wondered «why not make a constitutional amendment» to «establish that communication and particularly information should not just be a private business», but «a public service that must be adequately guaranteed for society?», as quoted by the newspaper El Comercio.

Before the Constitution was amended, the Organic Communications Law, in Article 79, had already introduced the concept that communication should be a public service when stating that «…social communication as presented through the media is a public service that should be provided with responsibility and quality, respecting the rights of communication established by the Constitution and international instruments and contributing to the well-being of the people… »  This concept was widely questioned as unconstitutional and as a threat against international treaties.

Fundamedios warns of the adverse consequences of the fact that the State should acquire ownership of a human right, which from today will be in Ecuador a «public service». The constitutional amendment must be linked to Articles 314, 315 and 316 of the same Constitution, where the conditions are defined in which the State intervenes in the provision of public services: The Constitution states in Article 314 that «the State is responsible for the provision of public services…» and it established that the State is responsible for ensuring «that public services and their provision meet the principles of obligation, generality, homogeneity, efficiency, accountability, universality, accessibility, consistency, continuity and quality. The State shall provide for equitable prices and tariffs for public services and will establish their control and regulation».

Article 315 of the constitution states that «The State shall establish public institutions for the management of strategic sectors, the provision of public services (…) Public companies will be under the specific regulation and control of relevant agencies…».

Fundamedios calls on Ecuadorian citizens and the international community to be vigilant to any attempt by the Ecuadorian government to nationalize and take control of a media system that is already facing the consequences of an excessive concentration of power in the State. It also requests you to be alert if there is any attempt to control the contents of the Internet platform and other communication systems not currently controlled by the State.

 

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