El martes 08 de diciembre de 2009, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), resolvió la cancelación de contratos de concesión de frecuencia de 20 radios emisoras y 5 canales de televisión.
Según la resolución adoptada, 7 de las estaciones radiales no contarían con los informes técnicos de funcionamiento emitidos por la Superintendencia de Telecomunicaciones, y las otras 13 estaciones y los 5 canales de TV tendrían valores pendientes de pago.
La entidad, dentro de los procesos iniciados, otorgó a los concesionarios el término de 30 días para que presenten las pruebas de descargo, se informó en un comunicado.
Mediante Decretó Ejecutivo del pasado 13 de agosto se le entregó al CONATEL las competencias, atribuciones, funciones y representaciones del Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (CONARTEL), entidad que se la elimina a pesar de haber sido creada por la Ley de Radiodifusión y Televisión, la cual no ha sido reformada ni derogada.
La decisión del CONATEL se tomó basada en informes emitidos por la Contraloría General del Estado. Sin embargo, para expertos como Guillermo Navarro, ex Presidente de la Comisión Auditora de Concesiones de Frecuencias de Radio y TV, la actuación del CONATEL es inconstitucional, «porque el Presidente de la República por decreto ejecutivo no puede reformar o derogar una ley». En consecuencia los actos administrativos que están llevándose a cabo carecen de fundamento legal y pretenden sustentarse sobre la base de recomendaciones de los informes de la Contraloría, cuando lo que este organismo recomienda es revisar las resoluciones tomadas y no revertir» anotó Navarro.
Fundamedios recuerda que el propio Art. 76 de la Constitución que es invocado en el acto administrativo del CONATEL, en su inciso 3 establece que «solo se podrá juzgar a una persona ante un juez o autoridad competente».
En este caso y de acuerdo a la ley vigente, el juez es el CONARTEL. Sin embargo, se hace caso omiso a la disposición legal toda vez que ese órgano de regulación fue suprimido por decisión presidencial.
Pedimos a las autoridades que cado uno de los procesos de juzgamiento administrativos derivados de las auditorias de frecuencias, tanto de la Comisión de Auditoria de Frecuencias como de la Contraloría, estén sujetos al debido proceso.