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Sanciones por Ley Comunicación

Diario La Hora se declara en rebeldía al recibir décima primera sanción por no cubrir acto oficial de Alcalde

May 14, 2015

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El 13 de mayo de 2015, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), sancionó a Diario La Hora con una multa de USD 3540 por no haber cubierto ni difundido información sobre el acto oficial de rendición de cuentas del alcalde de Loja, José Bolívar Castillo el pasado 23 de febrero de este año.

La sanción responde a una denuncia presentada por el Alcalde de Loja quien cuestionó que el medio “deliberadamente” omitió la difusión del informe de labores de esa autoridad y que a su criterio generó que la ciudadanía no pudiera conocer en qué se gastó el presupuesto destinado a obras en esa ciudad ubicada en la frontera sur del país.

Tras conocerse la multa, Luis Vivanco, jefe de información del rotativo, junto a su abogado anunciaron que el medio se declara en rebeldía y que no pagará dicha multa, pues a su criterio dicha sanción constituye un precedente administrativo “nefasto” para el ejercicio de la libertad de expresión y un “golpe” a la economía del medio. En ese sentido cuestionó que la Supercom sancione por lo que se publica, por lo que terceros publican y hasta por lo que no se publica, como este último caso.

La Institución reguladora, tras  no hacer válidas las pruebas presentadas por la parte denunciada de los ejemplares de los días 24, 25, 26, 27, 28 y 29 de febrero, declaró la responsabilidad del medio de comunicación por incumplir con el artículo 18 de la Ley Orgánica de Comunicación referente a la prohibición de censura previa, dándole al medio de comunicación un plazo máximo de 72 horas para que cumpla con el pago de la multa.

Para la entidad de control, “la rendición de cuentas es un hecho que genera el interés y preocupación de los ciudadanos que pertenecen al territorio en donde se lleva a cabo ese hecho, es decir, es un hecho de interés público” y su omisión incurre en censura previa.  Sin embargo para La Hora, “el grave precedente que deja esta acción, en contra de los medios de comunicación y la libertad de prensa y de expresión, demuestra el dominio de lo estatal sobre la comunicación. De aquí en adelante, cualquier actividad que un funcionario público (elegido a través de las urnas o por designación administrativa) la considere como de interés público y no sea tratada en las páginas de los diarios, o en las emisiones de radio o televisión, va a ser considerada como censura previa. De esta manera, lo que se logrará es copar los medios de comunicación con información oficialista, con lo cual el único perjudicado es el ciudadano, quien recibirá información direccionada únicamente desde el Estado”, publicó el medio de comunicación en sus páginas.

Durante la audiencia de sustanciación desarrollada el pasado  4 de mayo de 2015, Santiago Guarderas representante del medio sostuvo que “el interés público, como lo dice la Corte Constitucional a lo largo del análisis del artículo 18 (de la LOC), es una proposición jurídica incompleta y ambigua, que no ha sido definida en el ordenamiento jurídico y que por lo tanto, posee un alcance conceptual muy amplio (…). Aseguró, además “que sí se informó a la ciudadanía de Loja sobre dicho evento con el fin de pudieran asistir los interesados, a través del editorial publicado en la edición del 23 de febrero de 2015”. Guarderas enfatizó que “el periódico ha sido recurrente en cubrir la información sobre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Municipio, considerándolo como un actor informativo de mayor constancia en el diario”.

 Por su parte, el abogado Álvaro Reyes, Procurador Síndico del Gobierno del Municipio de Loja; manifestó que el medio conocía del evento, puesto que lo publicó hasta en su portal web. Sin embargo, “deliberadamente” omitió la difusión del informe de labores del Alcalde desde el día siguiente del evento hasta la actualidad.

Newspaper La Hora declares its defiance after receiving eleventh sanction for failing to cover event involving the Mayor

On 13 May 2015, the Superintendency of Information and Communication (Supercom), fined La Hora USD 3,540 for failing to cover or disseminate information about the official rendering of accounts by the mayor of Loja, José Bolívar Castillo, on 23 February this year.

The sanction was the result of a complaint filed by the mayor of Loja, who claimed that the newspaper «deliberately» failed to disseminate his work report so that the public was unable to know what the budget allocated to works in that city, located on the southern border, was spent on.

After finding out about the fine, Luis Vivanco, the newspaper’s head of information, accompanied by his attorney, announced that the paper was declaring its defiance and would not pay the fine, since in his opinion the sanction is a «disastrous» administrative precedent for the exercise of freedom of expression and a «blow» to the newspaper’s finances. He questioned the fact that Supercom should impose fines for what is published, for what third parties publish and even for what is not published, as in this case.

The regulatory agency, after determining that the evidence presented by the defendant was not valid – copies of issues of 24, 25, 26, 27, 28 and 29 February – declared the paper responsible of infringing Article 18 of the Organic Communications Law concerning the prohibition of preemptive censorship, giving it a maximum of 72 hours to comply with the payment of the fine.

For the control entity, «the rendering of accounts generates the interest and concern of the citizens of the territory where this event is carried out, i.e. it is a matter of public interest» and its omission results in preemptive censorship.  For La Hora, however, «the serious precedent set by this action against the media and freedom of the press and of expression, shows the control the State has over communications. From now on, any activity that a public official (elected through the ballot box or by administrative appointment) considers as being of public interest that is not covered in the pages of newspapers, or by radio or television stations, will be considered as preemptive censorship. What is achieved by this is to fill the media with pro-government information, and the only loser is the public, who will only receive State-directed information».

During the substantiation hearing held on 4 May 2015, Santiago Guarderas, representing the newspaper, claimed that «the public interest, as stated by the Constitutional Court in its analysis of Article 18 (LOC), is an incomplete and ambiguous legal proposition, which has not been defined in the legal system and, therefore, has a very broad conceptual scope (…)». He also stated that «the citizenship of Loja was indeed informed of this event so that those interested in it could attend, through the editorial published on the issue of 23 February 2015». Guarderas emphasized that «the newspaper has constantly covered all information related to the Decentralized Autonomous Government of the Municipality, regarding it as one of the actors with the greater coverage by the newspaper».

Meanwhile, lawyer Álvaro Reyes, Receiver Attorney of the Government of the Municipality of Loja, stated that «the newspaper knew of the event, as it even published it on its website. However, it «deliberately» omitted the dissemination of the mayor’s work report from the day of the event until today».

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