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Fundamedios

Sanciones por Ley Comunicación

Dos medios locales son multados por no entregar copias de programas

Ago 12, 2014

ENGLISH VERSION

El 7 de agosto de 2014 la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó a la estación televisiva Digital TV y a la radio La Voz de su Amigo, de la provincia costera de Esmeraldas –ubicada a 300 Km al norte de Quito- con una multa económica de cuatro remuneraciones básicas mínimas unificadas, USD 1360, por no entregar copias de programas.

En ambos casos, la entidad de control determinó que estos medios de comunicación infringieron el artículo 28 de la Ley Orgánica de Comunicación quel establece que “toda persona que se sienta afectada por informaciones de un medio de comunicación podrá solicitar fundadamente copias de los programas o publicaciones”, pedido que deberá ser atendido favorablemente “en un término no mayor a 3 días”.

En el caso del canal Digital TV, la sanción se dio tras la denuncia del político y ex candidato a alcalde por el movimiento Avanza, aliado del Gobierno, Carlos Simón Barcia Molina, quien alegó que el medio de comunicación con sede en la ciudad de Quinindé no atendió favorablemente su pedido de entrega de las grabaciones del programa noticioso de los días 20 y 21 de marzo de 2014. Por su parte, el abogado Pedro Samuel López Banegas, en representación del medio de comunicación aseguró que no se pudo cumplir con el pedido por un caso de fuerza mayor, ya que las grabaciones referidas no fueron entregadas debido un problema técnico en los discos que registran los programas. Sin embargo, para la Supercom,  la “fuerza mayor o caso fortuito, tiene que ser debidamente probada” y, según dicha entidad, el medio no presentó pruebas que certifiquen el daño de los equipos.

En el segundo caso, la radio La Voz de su Amigo también fue sancionada luego de una denuncia presentada por Jhon Sánchez Gutiérrez quien aseguró que el medio de comunicación incumplió con su pedido de entrega de una copia del programa ‘Opinión Popular’, del 9 de junio, en el tiempo establecido en la Ley . Durante la audiencia de sustanciación, desarrollada el 31 de julio, la gerente de la radio, Zinna Katherina Saud Beltrán, aseguró en su defensa que el programa ‘Opinión Popular’ es “un espacio propiciado para la expresión de la ciudadanía esmeraldeña, en donde participó el denunciante, a quien jamás se le habría ni mencionado en dicho segmento, ni objetado nada de lo que esta persona expresó”.  Además presentó como prueba un oficio de 3 de julio de 2014 para demostrar que en esa fecha le entregó al accionante un CD, que contenía las copias de los programas ‘Minuto a Minuto’ y ‘Opinión Popular’ del 9 de junio. Pese a ello, la entidad de control determinó que el medio de comunicación no cumplió con lo solicitado en el término de tres días, como dicta la Ley, y entregó dichas copias a destiempo.

Two local communication media are fined for failing to provide copies of programs

On August 7, 2014 the Superintendence of Information and Communication (Supercom) sanctioned the Digital TV and radio station La voz de su amigo, the coastal province of Esmeraldas -located 300 km north of Quito, the fine was a financial penalty four basic minimum wages unified, USD 1360, for failing to provide copies of programs.

In both cases, the control entity determined that these media violated Article 28 of the Communications Law which states that «any person who feels affected by information from a media may reasonably request copies of programs or publications» order that must be treated favorably,» in term not exceeding 3 days.»

 In the case of Digital TV channel, the penalty was given after a complaint filed by the politician and former mayor candidate from Avanza movement government ally, Carlos Simón Molina Barcia, who claimed that the media located in the city of Quinindé did not respond favorably to his request of deliver the recordings of the news program of 20th  and 21st of March 2014 for. In the other hand, the media’s lawyer Pedro Banegas, said that he could not fulfill Molina’s order because a majeure force event, the recordings were not delivered because a glitch in the recorded discs of the programs. However, the Supercom, said the «majeure force, it must be properly proof» and the control entity held that the media did not provide evidence to certify equipment damage.

In the second case, the radio La Voz de su Amigo was also sanctioned after a complaint presented by Jhon Sanchez Gutierrez who held the communication media failed to comply with his request of had delivery a copy of the program ‘Opinión Popular’, aired June 9th, at the time specified in the Law. During the hearing of conduct, settled on July 31, the radio’s manager, Zinna Beltran held in her defense that the program ‘Opinión Popular’ is «a space led for the freedom of expression of Esmeraldas citizenship, where the complainant have participated, who never would haven’t been mentioned in this segment, nor objected to anything this person said on the program». Also presented as evidence a document of July 3rd, 2014 to shown that on that date Beltran gave the plaintiff a CD, which contained copies of June 9th programs ‘Minuto a Minuto’  and ‘Opinión Popular’. Nevertheless, the control entity determined that the media did not comply with the request on time which was a three days period as established on the Law, and those copies were not given on proper time.

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