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Procesos legales

Fundamedios aplaude la sentencia de la Corte IDH que ratifica la violación a la Libertad de Expresión en la sentencia contra El Universo

Dic 22, 2021

Ecuador, 22 de diciembre de 2021. Tuvieron que pasar 10 años para que la Justicia Internacional- a través de la Corte Interamericana de Derechos Humanos- reconozca que el juicio y la sentencia impulsadas por el ex presidente y actual prófugo de la Justicia, Rafael Correa, en contra del periodista Emilio Palacios Urrutia, ex editor de Opinión de Diario El Universo, y de los directivos: Carlos Nicolás Pérez Lapentti, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Eduardo Pérez Barriga, constituyeron una violación a la libertad de expresión.

 SENTENCIA CASO EL UNIVERSO RESUMEN

SENTENCIA CASO EL UNIVERSO COMPLETA

El 21 de marzo de 2011, el entonces Presidente presentó una querella en contra de un periodista y tres directivos de El Universo por el tipo penal de “injurias calumniosas graves contra la autoridad”.  Lo hizo tras la publicación del artículo de opinión NO a las mentiras. El texto del periodista hacía referencia a la revuelta policial del 30S.

Tras un ágil proceso judicial y que estuvo plagado de irregularidades, la sentencia de la Justicia del correísmo contra la libertad de expresión, llegaría en tres meses: El 20 de julio de 2011, el Juzgado Décimo Quinto de Garantías Penales de Guayas dictó sentencia condenando al periodista y los directivos de El Universo, a tres años de prisión. Asimismo, se determinó que debían pagar al querellante una suma de USD 30 millones de manera solidaria. El Universo, a su vez, debía pagar la suma de USD 10 millones.

Adicionalmente, se determinó que los autores coadyuvantes y El Universo debían pagar las costas procesales, incluidos los honorarios profesionales de los abogados. Las víctimas presentaron recursos de nulidad y apelación contra la sentencia de primera instancia, y posteriormente un recurso de casación. Por su parte, el señor Palacio Urrutia interpuso un “recurso de hecho”. Todos los recursos fueron rechazados. 

A pesar que el 28 de febrero de 2012, la Corte Nacional de Justicia aceptó el perdón otorgado por el entonces Presidente a las víctimas del caso, y dispuso el archivo de la causa, hubo daños contra la libertad de expresión y en especial contra el periodista Emilio Palacio, que recurrió al exilio como una forma de supervivencia.  Además, la sentencia tuvo efectos gravísimos no solo sobre los acusados sino sobre la situación general de la libertad de expresión en el Ecuador. 

El 4 y 5 de junio de 2021, los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH): Elizabeth Odio Benito (Presidenta), Ricardo Pérez Manrique, Raúl Zaffaroni, Eduardo Ferrer Mac-Gregor, Humberto Sierra Porto y Eduardo Vio Grossi , en el marco del 142 periodo de sesiones, realizaron la audiencia pública del Caso Palacio Urrutia y otros Vs. Ecuador. Ahí se escucharon las declaraciones de las víctimas, de un perito y de los representantes del Estado. 

Durante la Audiencia, el periodista Emilio Palacio contó a los jueces de la Corte IDH los momentos complicados que vive en el exilio en Estados Unidos desde agosto de 2011, dijo que espera conseguir justicia y recalcó que lo que espera es que la Corte IDH le otorgue recursos para levantarse del “pantano” en el que me han metido: “Correa tenía un problema personal conmigo, pero también un problema político. Debía demostrar que supuestamente era necesaria una Ley de Comunicación que había sometido a consulta popular”, aseguró. 

Luego de seis meses, la Corte IDH dictó una sentencia mediante la cual declaró la responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano por las violaciones a diversos derechos. Entre las reflexiones la Corte concluyó que el artículo “NO a las mentiras”, constituyó un artículo de opinión que se refirió a un asunto de interés público y que gozaba de una protección especial en atención a su importancia en el debate democrático. 

Concluye que la sentencia condenatoria impuesta por el delito de injurias calumniosas graves contra la autoridad, y la sanción civil “constituyeron una violación a la libertad de expresión de las víctimas”. Asimismo, el Tribunal consideró que el exilio forzado al que tuvo que recurrir Emilio Palacio constituyó una violación a su derecho a la circulación y residencia y a su estabilidad laboral.

Como medidas de reparación integral la Corte IDH dictaminó: 

El dejar sin efecto, en todos sus extremos, la sentencia de 20 de julio de 2011, confirmada el 22 de septiembre de 2011 y cualquier otro efecto que tengan o hayan tenido aquellas decisiones, incluyendo cualquier registro judicial o administrativo, o la posibilidad de que sea reconocida como un precedente judicial. 

Como Medidas de Satisfacción se establece el publicar el resumen oficial de la Sentencia en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional, y publicar la Sentencia en su integridad en el sitio web oficial del Poder Judicial. 

Entre las Garantías para la no repetición se recomiendan vías alternativas al proceso penal para la protección al honor de los funcionarios públicos respecto de opiniones relacionadas con su actuación en la esfera pública y crear e implementar un plan de capacitación a funcionarios públicos, para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios en materia de derechos humanos y libertad de expresión. 

Como parte de las Indemnizaciones Compensatorias el Estado deberá pagar las sumas monetarias fijadas en la Sentencia por los conceptos relativos al daño material e inmaterial, así como el reintegro de costos y gastos.

FUNDAMEDIOS aplaude esta decisión de la Corte IDH que ratifica que el sistema judicial fue utilizado en el Ecuador, durante la época del correísmo, como un instrumento de persecución contra la libertad de expresión y de prensa. Nos congratula además que entre las medidas de reparación integral se recomienda al Estado vías alternativas al proceso penal para la protección de la honra, tal como hemos venido insistiendo. Finalmente, hacemos un recordatorio a los gobiernos de la Región sobre lo efímero del poder y que el respeto a los Derechos Humanos, como la libertad de expresión, es uno de los pilares de la democracia.

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