Ecuador, 24 de febrero de 2022. El medio de comunicación digital Imbabura En Línea fue eliminado del Registro Público de Medios por parte del Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación, a pesar de que el medio digital ya obtuvo el Certificado de su Registro hace siete meses.
Imbabura en Línea tiene cinco años como medio de comunicación digital en la Sierra Norte. El periodista Fabricio Rosero contó a Fundamedios que, como parte de su estrategia comercial, se vieron en la necesidad de registrarse ante el Consejo de Comunicación: es uno de los requisitos para contratar con el Estado en el Portal de Compras Públicas o para pautar en época electoral.
El artículo 88 de la Ley Orgánica de Comunicación establece que: «Los medios de comunicación social se registrarán obligatoriamente en un catastro a cargo del Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación. Dicho catastro deberá contener datos generales que se determinarán en el reglamento. Este registro no constituye una autorización para el funcionamiento del medio de comunicación. Los medios de comunicación que no cumplan con la obligación de registro no podrán pautar publicidad de ninguna entidad del Estado».
Rosero recordó que a mediados de 2021 empezaron a realizar los trámites para el Registro Público de Medios: obtuvieron personería jurídica y en julio lograron registrarse, incluso cuentan con un “Certificado del Registro” que fue entregado el 26 de julio de 2021, por parte del Consejo de Comunicación, que incluye un Código de validación.
No obstante, el 22 de febrero de este año, Imbabura En Línea ingresó a la Página del Consejo de Comunicación para obtener un certificado, fue ahí cuando se percataron de que ya no constaban en el Registro Público de Medios: fueron dados de baja de manera unilateral por el organismo.
Vladimir Andocilla, Coordinador General de Promoción de Derechos del Consejo de Comunicación, reconoció que el registro de Imbabura Online se dió por un error de un funcionario público y que se percataron de ello tras el ataque informático del 3 de agosto, cuando se borró alguna información del organismo.
Explica que desde el 24 de mayo de 2021 el Consejo de Comunicación no puede incluir en el Registro a ningún medio digital, ya que no existe un reglamento que defina a los medios en internet o que regule su registro ante el Consejo de Comunicación.
Antes de esa fecha, ese procedimiento de registro estaba establecido en el Reglamento General de la Ley de Comunicación, cuyo artículo 3 contemplaba la definición de Medios en Internet.
Sin embargo, el presidente, Guillermo Lasso, derogó el 24 de mayo, vía decreto, este Reglamento por lo cual no es posible, desde entonces, incluir en el Registro Público de Medios a los nuevos medios digitales.
Fabricio Rosero insiste en que más allá de posibles errores internos, los “desaparecieron sin notificación alguna, de manera unilateral”. Acota que la decisión del Consejo de Comunicación los está perjudicando pues sin esa certificación no pueden participar en contratación pública y tampoco en ninguna elección.
Fundamedios recuerda que actualmente la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional se encuentra sistematizando las observaciones del primer debate de la Ley de Libertad de Expresión y Comunicación, para que retornen al Pleno y sean sometidas a votación. Este nuevo cuerpo normativo no contempla la figura del Registro Público de Medios.