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Sanciones por Ley Comunicación

Radio es multada por no clasificar contenido de programa

Mar 18, 2015

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El 13 de marzo de la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), sancionó a Radio Atalaya de Guayaquil, con una multa de USD 1770 dólares, equivalente a cinco salarios básicos unificados, por supuestamente no cumplir con el artículo 60 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), referente a la identificación y clasificación de los tipos de contenido, en el programa “Levántate Ecuador”, el cual fue transmitido el 05 de enero de 2015 de 6h00 a 9h00.

La entidad de control inició este proceso de oficio; y aseguró que no se “identificó ni clasificó el contenido comunicacional que transmitió, incumpliendo de esta forma, con la obligación prevista en el artículo 60 de la LOC¨. Por lo que dio al medio de comunicación 72 horas para que cumpla con el pago impuesto mediante resolución.

Durante la audiencia de sustanciación desarrollada el 6 de marzo de 2015, se constató la inasistencia de los representantes del medio de comunicación. Lo que no les permitió contradecir y replicar sobre las pruebas presentadas  por la institución reguladora .

Por su parte el abogado Alejandro Salguero, en representación de la Supercom, señaló que en el programa “Levántate Ecuador” no se clasificó ni identificó el contenido en la emisión referida. Reiteró que el medio de comunicación al no acudir a la audiencia incurre en una “aceptación tácita de los fundamentos de hecho y derecho”. Por último Salguero presentó como prueba el audio en formato digital del programa.

En este año, radio Atalaya también fue amonestada por la Supercom tras un proceso de oficio que se inició por comentarios vertidos en el espacio “Punto de Vista”, de Rodolfo Baquerizo, en Guayaquil, con los que la entidad de control se sintió ofendida, pues se referían a un proceso anterior que siguió la institución a diario Extra.

Radio station is fined for failing to classify program’s content

 On 13 March the Superintendence of Information and Communication (Supercom) sanctioned Radio Atalaya in Guayaquil, with a fine of USD 1,770, equivalent to five times the base pay, for allegedly failing to comply with Article 60 of the Organic Communication Law (LOC), concerning the identification and classification of types of content in the program «Levántate Ecuador», which was broadcasted on 5 January 2015 from 6h00 to 9h00.

 The control entity initiated proceedings ex officio and stated that «the content broadcasted was neither identified nor classified, failing to comply with the obligations established by Article 60 of the LOC. The media outlet was given 72 hours to pay the fine imposed.

 No one represented the media outlet during the substantiation hearing held on 6 March 2015. This prevented it from contradicting and arguing against the evidence submitted by the regulatory entity.

 Meanwhile Alejandro Salguero, representing Supercom, noted that the program «Levántate Ecuador» failed to classify and identify the content broadcasted. He reiterated that by not attending the hearing the media outlet «tacitly accepted the arguments in fact and law». Finally Salguero presented as evidence an audio recording of the program in digital format.

 This year, radio Atalaya was also cautioned by Supercom after ex officio proceedings were initiated because of some comments made in the program «Punto de Vista» by Rodolfo Baquerizo, in Guayaquil, which offended the control entity because they referred to earlier proceedings involving the institution and the newspaper Extra.

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