fbpx

Fundamedios

Uso abusivo del poder del Estado

Secretaría de Comunicación viola nueva Ley de Comunicación e impone dos cadenas de “réplica”

Ago 2, 2013

ENGLISH VERSION

El 1 y 2 de agosto de 2013, dos cadenas ordenadas por la Secretaría Nacional de Comunicación (SECOM) interrumpieron durante cinco, y dos minutos y medio, respectivamente, el programa de entrevistas Contacto Directo, de Ecuavisa. Estas cadenas se dieron pese a que la reciente aprobada Ley de Comunicación establece, en su artículos 23  y 24, un procedimiento muy claro para ejercer el derecho a la rectificación y réplica.

En el primer caso, la interrupción se dio para aclarar “las grandes mentiras” dichas por el asambleísta de oposición Andrés Páez -quien cuestionó una resolución del Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (CONSEP), misma que fijó límites permitidos para consumidores de drogas-. Dicha cadena fue justificada porque “el asambleísta de derecha, Andrés Páez, emitió una serie de comentarios y aseveraciones tan erradas que en honor a la verdad es necesario aclararlas por el beneficio de los televidentes de este espacio informativo”.

En el segundo caso, la cadena fue para afirmar que Estefanía Espín, presentadora de ese espacio “intentó vincular a altas autoridades gubernamentales con supuestos desprecios e insultos a las mujeres ecuatorianas”. Esto, por una pregunta que hizo la periodista durante una entrevista, a propósito de la sanción al asambleísta roldosista Abdalá Bucaram Pulley, por supuestos hechos discriminatorios y agresión a las mujeres. “En su pregunta dirigida Estefanía Espín llega a asegurar que existiría un doble rasero en el tratamiento del tema, porque según ella, los supuestos insultos no son ni siquiera mencionados en las filas gubernamentales”, dice la voz en off de la cadena, que luego cuestiona por qué Espín “no se pregunta sobre sanciones a las verdaderas agresiones que vivió Ecuador”.

En ambos casos, los espacios ordenados por la SECOM tratan de justificarse señalando “lo manda la Constitución y la Ley de Comunicación, nuestro derecho a la réplica”.

Sin embargo, el artículo 24 señala lo siguiente: “Toda persona o colectivo humano que haya sido directamente aludido a través de un medio de comunicación, de forma que afecte sus derechos a la dignidad, honra o reputacióntiene derecho a que ese medio difunda su réplica de forma gratuita, en el mismo espacio, página, sección en medios escritos, o en el mismo programa en medios audiovisuales y en el plazo no mayor a 72 horas a partir de la solicitud planteada por el aludido.

Juristas consultados por Fundamedios coincidieron en que el artículo establece tres elementos para el ejercicio del derecho: que exista un afectado en su dignidad, honra o reputación; que ese afectado sea una persona o colectivo humano directamente aludido, y que este solicite al medio la réplica . En las cadenas ordenadas por la SECOM no se cumplen ninguno de estas tres condiciones, por lo que se trata entonces de una supuesta «réplica» impuesta.

A su vez, las cadenas nacionales o locales están establecidas en el artículo 74 de dicha Ley como obligación de los medios audiovisuales, cuando se necesite transmitir “mensajes de interés general que disponga el Presidente de la República y/o la entidad de la Función Ejecutiva que reciba esta competencia. (…) Estos espacios se utilizarán de forma coordinada única y exclusivamente para informar de las materias de su competencia cuando sea necesario para el interés público. (…)

Communications Secretariat violates Communications Law and imposes two mandatory “reply” broadcasts.

On August 1 and 2, two broadcasts ordered by the Secretariat of Communications (SECOM) interrupted Ecuavisa´s news segment, Televistazo for five and two minutes, each. These broadcasts were ordered as a reply mechanism, even though the recently approved Communications Law establishes a clear procedure for such situations.

August 1st broadcast was ordered to clarify the “huge lies” that opposition congressman Andres Paez told in the news segment, when he criticized some decisions of the National Narcotics Control Council (CONSEP). SECOM argued that the broadcast was necessary since “Congressman Paez made such wrongful and untrue comments that the audience needed to know the truth in the same news section”.

During August 5 broadcast, Ecuavisa´s anchorwoman Estefani Espin was said to wrongfully link high-ranked authorities with acts of disrespect against Ecuadorian women, with regards of an interview Espin did to opposition congressman Abadala Bucaram Pulley, with regards to a sanction he was subject to due to some alleged insults he perpetrated against women. The broadcast indicated that Espin suggested that there was a double standard in the way the government was treating the issue since similar insults come also from government agents. The “off” voice in the broadcast questions the fact that Espin did not mention the “real aggressions that Ecuador suffered” [sic]”.

Both broadcasts were justified under the premise that “it’s the government´s right, under the Constitution and under the Communications Law”.

 Nevertheles, article 24 mandates: “ Any persono or group that has been directly harmed through the media or a network in their rights or dignity, have the right to ask the network to broadcast their response free of any cost. The response must be aired in the same space, page or section, or in the same program within the next 72 hours agtre the request has been presented”.

Lawyers interviewed by Fundamedios sustain that the article established three conditions to be met in order to exercise the right to response: that a person o a group is harmed in his or their reputation or dignity; that the affected is in fact a person r a group of people, and that the response is requested to the network. The broadcasts ordered by SECOM do not comply with any of these requirements, therefore it is a response imposed by force.

On this same regard, article 74 of the Communications Law established that “when messages of national interest are to be broadcasted by orders of the President or any organ of the Executive Branch, such spaces will be used only to inform on issues of public interest”.

LO MÁS RECIENTE

Alcalde de Macará denuncia a periodista alegando daño a su honra

Ecuador, 12 de abril de 2024· El jueves 11 de abril de 2024, Eduardo Loaiza, director de noticias de Radio Stereo Macará y Maxivisión, fue denunciado por el alcalde de Macará, Francisco Azuero, por supuesta contravención penal de cuarta clase, que incluye descrédito y...

SUSCRÍBETE AHORA

Manténgase actualizado con nuestro boletín semanal.

EN TIEMPO REAL