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Fundamedios

Agresiones verbales

Secretario de Comunicación advierte a medio con aplicar «responsabilidad ulterior» por comentarios de sus lectores

Ene 24, 2013

A través de una carta, el 23 de enero de 2013, el secretario de comunicación (encargado), Patricio Barriga, amenazó a diario La Hora, con aplicar la responsabilidad ulterior de no implementar «mecanismos efectivos» para filtrar los comentarios de sus lectores, de la edición impresa y digital, que a juicio de las autoridades «vulnera derechos», citando el caso de un comentario crítico a la gestión del Presidente Correa publicado por ese medio.

A través de un oficio dirigido a Juana López, directora adjunta del periódico, Barriga rechazó la «permisibilidad» con la que el rotativo deja pasar publicaciones «ofensivas», «que atentan contra la honra y el buen nombre de las personas, incluido el Presidente Constitucional de la República», escudadas en «opiniones ciudadanas».

En este marco, la misiva cuestionó que el medio haya permitido la publicación de una carta titulada: «Castigar en las urnas» del ciudadano Saúl Oliver Boada, en la Sección Cartas, del pasado 20 de enero. En ella, se dice textualmente: «Les felicito por la valentía de enfrentarse a este dictador civil que tenemos como Presidente. Espero que incentiven al pueblo ecuatoriano por los medios que sean necesarios castigar en las urnas a este prepotente, sinvergüenza».

Barriga advirtió que este tipo de comentarios publicados son recurrentes y que podrían constituirse en una violación al artículo 13, numeral 2, literales a y b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos porque, a su juicio, «alientan sentimientos de odio».

Cabe recordar que el pasado 15 de octubre de 2012, diario La Hora suspendió de manera indefinida los comentarios de los lectores de su versión digital, con el fin de evitar que los ciudadanos emitan comentarios ofensivos; a la vez que se disculpó por las expresiones agresivas vertidas por terceras personas.

Fundamedios considera esta amenaza como un grave acto de censura previa que se dimensiona, aún más, por el hecho de estar en periodo electoral. Tiempo en el que se debe permitir el libre intercambio de ideas, existiendo más apertura y tolerancia frente a cuestionamientos dirigidos a funcionarios públicos.

La mención del funcionario de la Secretaría de comunicación de la «responsabilidad ulterior» de ninguna manera legitima la amenaza contra el medio en caso de no aplicar medidas de censura a las opiniones de sus lectores.

Tal como han establecido la Corte y Comisión Interamericanas, las normas sobre responsabilidad ulterior para protección al derecho al honor no pueden ser aplicadas para castigar o restringir las críticas o comentarios en contra de funcionarios públicos y sobre el ejercicio de sus funciones, aún cuando éstos ofendan, perturben o impacten, dado que son necesarios para el debate en un Estado democrático.

En este sentido, las autoridades que apliquen estas normas no deben confundir el ámbito privado del ámbito público de quienes libre y voluntariamente se han expuesto al escrutinio ciudadano asumiendo cargos de elección popular o postulándose para los mismos. Igualmente para estos Órganos las opiniones no pueden ser objeto de responsabilidad ultertior en ningún caso.

Finalmente, y tal como esta Organización ha venido sosteniendo en situaciones pasadas, resulta inadmisible que los órganos del Estado apliquen e interpreten normas de protección internacional de derechos humanos para otorgar al gobierno o sus representantes tratos preferentes en perjuicio de individuos y grupos, verdaderos titulares de estos derechos.

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