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A partir de la sentencia que dictó el juez temporal Juan Paredes, el pasado 20 de julio, en el juicio por injurias que planteó el presidente Rafael Correa contra diario El Universo, sus directivos y ex articulista, varias organizaciones internacionales como la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de La Comisión Interamericana de Derechos Humanos; Reporteros Sin Fronteras; Human Rights Watch, así como juristas locales han rechazado y cuestionado este proceso inédito que ha sido calificado como desproporcionado y atentatorio al principio de libertad de expresión.
En este caso, el juez encontró culpables por injurias al columnista Emilio Palacio, autor del artículo «No a las mentiras» que generó la querella; a los directivos del diario: Carlos César y Nicolás Pérez, en calidad de autores coadyuvantes del delito y a la Compañía Anónima El Universo, para efectos indemnizatorios del querellante y exigió tres años de prisión para cada uno de los demandados y el pago de $40 millones.
El experto abogado penalista Enrique Echeverría comentó, en entrevista a Fundamedios, que la sentencia tiene algunas aberraciones jurídicas.
«Para empezar, el juez cometió un gravísimo error al imponer una pena prevista en el Art. 493 del Código Penal, que dice que serán reprimidos con uno a tres años de prisión los que hubieren dirigido a la autoridad imputaciones que constituyen injuria calumniosa; cuando el Presidente ha insistido en que esta acción la planteó como ciudadano Rafael Correa y no como Jefe de Estado y Autoridad».
El segundo error que analizó Echeverría es que nunca se debió sentenciar a diario El Universo como empresa porque el querer convertir a una persona jurídica en delincuente está fuera de toda oportunidad. «De acuerdo con el art. 32 del Código Penal, nadie puede ser reprimido por un acto previsto por la ley como infracción, si no lo hubiere cometido con voluntad y conciencia». «Los que tenemos voluntad y conciencia somos los seres humanos, más no las empresas», puntualizó Echeverría.
Respecto a la sentencia por la que se declaró culpables a los directivos del periódico por ser coadyuvantes del delito, el jurista cree que el aplicar dicha figura «demuestra que no se conoce ni un ápice el trabajo periodístico» ya que no es función de los dirigentes del periódico analizar cada uno de las columnas de opinión que se publican diariamente y con seguridad, «los directivos no estaban al tanto de lo que escribió el señor Palacio».
Según una parte del art. 42 del Código Penal, se reputan autores los que han perpetrado la infracción… «Los que han coadyuvado a la ejecución, de un modo principal, practicando deliberada e intencionalmente algún acto sin el que no habría podido perpetrarse la infracción…»
Para Echeverría, la institucion del autor coadyuvante está siendo utilizado de manera parcial, porque se debió probar que había la voluntad e intención deliberada para cometer el delito.
Finalmente, el jurista cuestionó que se haya mezclado, en un proceso penal, el pago de daños y perjuicios que es posterior a una sentencia penal y que viene dada en un proceso civil distinto; así como la velocidad con la que el juez dictó sentencia.
«Por mi experiencia como juez, un proceso de semejante tamaño no se puede leer en unas horas porque hay que sopesar las pruebas de ambas partes para poder emitir una sentencia. No se puede hacer al apuro, ni siquiera para un juez que ha llevado el trámite de la causa, peor para uno temporal que no conocía bien los antecedentes de la misma».
Por su parte, el abogado Juan Carlos Solines aseguró que todo el juicio, en sí, representa un atentado contra la libertad de expresión porque contraría preceptos internacionales y se allana a las pretensiones del Presidente.
Solines citó la pretensión para que el juez extienda la responsabilidad ulterior a los medios con la intencionalidad de amedrentarlos, más allá de si se pueda o no condenar a una persona jurídica. «Los medios ahora van a tener que pensar que con este precedente también son responsables y se van a autocensurar por temor», dijo .
En otro punto, el abogado Solines aseguró que otro elemento que atenta contra de la libertad de expresión es pedir que el juez considere el hecho de que el supuesto afectado es autoridad, apelando a una norma de desacato.
«El desacato es una figura que resulta contraria a los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión y el Ecuador, al mantener estas normas está infringiendo la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que es obligatoria para el país», concluyó Solines.
Sentence that condemns el universonewspaper directors and feature writer attempts against the principles of the freedom of expression
The sentence issued by temporary judge Juan Paredes on 20 July in the trial for slander promoted by President Rafael Correa against the newspaper El Universo, its directors and former feature writer, has been rejected and questioned by several international organizations such as the Inter-American Commission for Human Rights Special Rapporteur for Freedom of Expression; Reporters Without Borders; and Human Rights Watch, as well as local jurists, who have described this unprecedented process as disproportionate and threatening to the principle of the freedom of expression.
In this case, the judge found columnist Emilio Palacio, author of the article “No a lasmentiras”, which generated the lawsuit, guilty of slander; the newspaper’s directorsCarlos, César and Nicolás Pérez, as contributing authors of the crime, and CompañíaAnónima El Univeso, for the effects of obtaining compensation, and demanded a three year prison sentence for each one of the accused and the payment of $40 million.
Expert criminal lawyer Enrique Echeverría commented, in an interview with Fundamedios, that the sentence has some juridical aberrations.
“To begin with, the judge made a very serious mistake by imposing a punishment prescribed in art.493 of the Criminal Code, which says thatthose who have directed towards the authorities imputations that amount to aggravated slander will receive a one to three years prison sentence;when the president has insisted that he filed the lawsuit as citizen Rafael Correa and not as the Chief of State or Authority”.
The second mistake analyzed by Echevarría is that the newspaper ElUniverso should never have been sentenced as a corporation, because to attempt to turn a legal entityinto a criminal is beyond all opportunity.“According to art.32 of the Criminal Code, nobody can be repressed by an act established by the law as an infraction if he did not committed it voluntarily and consciously”.“It is us, human beings, who have volition and conscience, not corporations”, stressed Echevarría.
In regard to the sentence that convicted the newspaper’s directors as contributing authors of the crime, the jurist believes that applying that figure “shows that not one jot of what journalistic work is about is known” as it’s not the newspaper’s directors duty to analyze each one of the opinion columns published daily and surely, “the directors were not aware of what Palacio wrote”.
According to part of art.42 of the Criminal Code, the authors of the crime are those who have committed the infraction…«those who have contributed to the execution, in a principal manner, deliberately and intentionally practicing some action without which the infraction could not have been carried out…”
Echevarría believes that the institution of the contributing author is being partially used, because that volition and deliberate intention to commit the crime existed should have been proven.
Finally, the jurist questioned that the payment of damages should have been included in a criminal process. This should have been the result of a different civil process. He also wondered about the speed at which the sentence was issued.
“In my experience as a judge, such a large file cannot be read in just a few hours because both parties’ evidence needs to be evaluated before issuing a sentence.It is impossible to do it quickly, not even in the case of a judge who has been in charge of the whole case, even less so when the temporary judge did not have thorough knowledge of its antecedents”.
Meanwhile, lawyer Juan Carlos Solines asserted that the whole trial represents an attempt against the freedom of expression because it goes against international rule and submits to the president’s claims.
Solines quoted the aim to make the judge extend ulterior liability to the media with the intention of intimidating them, beyond whether a legal entity may be convicted or not“The media will now have to believe that with this precedent they are also responsible and will apply self-censorship driven by fear, he said.
Lawyer Solines also stated that another element that attempts against the freedom of expression is requesting the judge to consider the fact that the alleged victim is an authority, appealing to contempt.
“Contempt is a figure that goes against inter-American standards in matters of freedom of expression and Ecuador, by maintaining these regulations is infringing the jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights, which is obligatory for the country”, concluded Solines.