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Uso abusivo del poder del Estado

Supercom cobra sexta multa en contra de los medios por vía coactiva a través de la Contraloría General del Estado

Dic 18, 2015

ENGLISH VERSION

El 14 de diciembre de 2015, la Contraloría General del Estado ejecutó el cobro de USD 3.995,93 a Radio Superior 92.7 FM de Machala -frontera sur del Ecuador- por motivo de una multa impuesta porque la estación radial incumplió lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), es decir, por haber excedido el tiempo de duración de publicidad en el programa denominado “El espectáculo de la BB” .

Asimismo, la Contraloría General del Estado realizó, mediante proceso de coactiva, el cobro de USD 1.425,21 dólares correspondientes a una multa impuesta a Radio Amiga 101.9 FM, también de Machala, por no entregar una copia escrita y digital de su horario de programas del día 30 de junio de 2014, inobservando así el artículo 28 de la LOC.

La Supercom, al no contar con capacidad coactiva, remite a la Contraloría General del Estado las resoluciones sancionatorias para que se proceda con el cobro de multas. Con esto, ya son seis los casos en el cual la Superintendencia utiliza la acción coactiva de la Contraloría para hacer efectivos estos cobros.

Supercom collects sixth fine against the media by coercive means through the comptroller general of the state 

On December 14, 2015, the General Comptroller of the State collected USD 3,995.93 from Radio Superior 92.7 FM in Machala – southern border of Ecuador – for a fine imposed because the radio station breached the provisions of Article 68 of the General Regulations of the Organic Communication Law (LOC), i.e. for having exceeded the duration of advertising time during the program called «El Espectáculo de la BB».

The General Comptroller of the State also collected USD 1,425.21 corresponding to a fine imposed on Radio Amiga 101.9 FM, also of Machala, for failing to deliver a written and digital copy of its schedule of programs for June 30, 2014, breaching thus article 28 of the LOC.

Supercom, which does not have enforcement powers, refers the sanctions to the Comptroller General so that it proceeds to collect the fines. These are the fifth and sixth cases in which the Superintendency has used the Comptroller’s coercive action to collect fines.

 

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