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Asamblea Nacional le dice no a la objeción parcial del Ejecutivo a la Ley de Comunicación

Ene 27, 2021 | Comunicados

Ecuador, 27 de enero del 2021. Con 126 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional ratificó los textos aprobados por el Legislativo en la Ley Orgánica de Comunicación y no dieron paso a la objeción parcial del Ejecutivo que propuso que las personas naturales sean consideradas medios de comunicación, por lo tanto, objeto de regulación.

De esta manera, el Pleno de la Asamblea ratificó los textos aprobados a las reformas a la Ley de Comunicación respecto de los artículos 5 y 44.1, tomando en cuenta que se ajusta a lo que determina la Constitución, leyes, tratados y convenios internacionales que Ecuador ha ratificado sobre derechos humanos.

“Para efectos de esta Ley, los medios de comunicación social están constituidos por las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, organizaciones sociales y/o intercambio de contenidos a través de los mecanismos o instrumentos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagar, en forma establece y periódica, textos, sonidos o imágenes destinados a la población”, planteó el Ejecutivo.

En el análisis de esta objeción parcial, los parlamentarios mencionaron que las observaciones planteadas por el Mandatario no son claras ni precisas. En su fundamentación incluye la regulación de las plataformas digitales, cuando se debe entender que son medios alternativos de comunicación con inmediatez increíble y tienen un rol fundamental, por tanto, en su momento, en un amplio debate con la sociedad se determinará su correcto funcionamiento, dijeron.

El Legislador Henry Cucalón recordó que la aprobación de la Ley de Comunicación puso fin a la censura y que la objeción parcial del Ejecutivo pretende incluir a las redes sociales en la definición de los medios de comunicación: “El intento de controlar la información es un anacronismo, un absurdo, pues cada ciudadano puede difundir y buscar la información como desee”. Mientras para la asambleísta Marcela Aguinaga la objeción parcial del Ejecutivo pretende regular a las redes sociales y a las nuevas formas de comunicación e hizo un llamado a rechazar la objeción parcial del Presidente.  

El asambleísta Jaime Olivo, presidente de la Comisión de Derechos Colectivos, al referirse a la objeción parcial del Ejecutivo, dijo que las observaciones del Mandatario contravienen el espíritu de las reformas a la Ley de Comunicación, cuando sostiene que los medios de comunicación son personas naturales y jurídicas, con lo cual el Estado podría limitar, restringir y prohibir de manera directa o indirecta la libertad de pensamiento y de expresión.

Además, pretendía regular el internet, las redes sociales y digitales; así como el audio y video por suscripción, cuando los mismos están regulados por la Agencia de Control y Regulación de Telecomunicaciones. Si se pretende eliminar estos servicios, conllevaría a una profunda e infundada reforma legal de la Ley de Comunicación, hecho ajeno al espíritu de la presente reforma; adicionalmente, se crearía un vacío legal al no contar con normativa expresa que permita regular a los servicios de audio y video por suscripción, precisó Jaime Olivo.

En este marco, se consideran medios de comunicación social a las organizaciones públicas, privadas y comunitarias, así como a los concesionarios de frecuencias de radio y televisión, que ejercen la difusión masiva de contenidos comunicacionales, a través de medios impresos, radio, televisión y audio o video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de internet.

Mientras, el sistema de comunicación social se lo determina como el conjunto articulado de organizaciones públicas, privadas y comunitarias que ejercen la difusión masiva de contenidos comunicacionales, en forma estable y periódica, a través de medios impresos, radio, televisión y audio o video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de internet.

 

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