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Abogados compararon las experiencias latinoamericanas de acceso a la información en foro impulsado por FUNDAMEDIOS

Jul 31, 2020 | Actividades

Ecuador, 30 de julio, 2020.- En América Latina, el acceso a la información está garantizado en las constituciones, leyes complementarias y en tratados internacionales. El compromiso de los actores e instituciones que ponen a disposición la información al ciudadano es clave para hacer cumplir este derecho. No obstante, hay excepciones como la privacidad y la protección de datos personales, elementos que fueron analizados en el foro Derecho de Acceso a la Información en América Latina.

Este 29 de julio se desarrolló el encuentro virtual impulsado por Fundamedios, el programa TrustLaw de la Fundación Thomson Reuters, FERRERE y Abogados, moderado por la periodista ecuatoriana Thalía Flores. En el espacio participaron Federica de Llano, asociada en Philippi, Pietrocarrizosa, Ferrero DU & Uria; Pedro Córdova, director del Área de Propiedad Intelectual, Life Science y Data Privacy de FERRERE en Ecuador;  Isabel Ortiz Monasterio, asociada senior de Ritch, Mueller, Heather y Nicolao, S.C. y experta en protección de datos personales, de México; y María José Arancibia, experta en protección de datos y privacidad, en Chile y fundadora de Obrero Digital, que brinda apoyo a empresas basada en soporte de digitalización y herramientas legales.

De Llano se refirió a las obligaciones y alcances de los sujetos que entregan información pública. En Colombia, las entidades judiciales, ejecutivas y legislativas, independientemente de su ordenamiento territorial, deben hacerlo. En segundo lugar estarían los órganos independientes y autónomos; en tercer lugar las personas naturales o jurídicas que ejercen una función pública, así como las empresas o sociedades creadas por el Estado que administren fondos estatales. 

Para la experta es primordial que se respete la transparencia activa, que los sujetos o entidades que custodian la información brinden la apertura necesaria para divulgarla o presentarla, incluso aquello que no está visible en portales digitales,  con excepción de la información clasificada y confidencial. 

En su intervención, Pedro Córdova, Director del Área de Propiedad Intelectual, Life Science y Data Privacy de FERRERE mencionó que Ecuador está suscrito a la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y que su artículo 13 garantiza el derecho a recibirla y difundirla. Para Córdova, es un avance que en la Constitución ecuatoriana se reconozca la Acción Constitucional de Acceso a la Información Pública que permite al ciudadano solicitar al juez que se respete, cuando este se haya visto vulnerado. Eso sí, como lo explicó el experto, en Ecuador también hay excepciones en la divulgación como la información confidencial y reservada. Aunque en el país aún no existe una Ley de Protección de Datos Personales, hay disposiciones que la garantizan, especialmente, en el sigilo bancario. 

Sobre la ponderación entre el derecho al acceso a la información y el derecho a la privacidad y protección de datos personales, María José Arancibia Obrador, cree que hay una línea muy delgada. Chile cuenta con dos normas relevantes: la Protección de Datos Personales y la Ley de Transparencia. La experta explicó que la primera agrupa varios elementos que ayudan a dilucidar si los datos que tiene la administración son de carácter personal y deben ser entregados o no. 

Arancibia destaca que en la Ley de Transparencia hay un principio de divisibilidad, que permite hacer una entrega parcial de la información y censura aquella que no es pública. En el país austral también existe el derecho a la proporcionalidad y el test de daño que evalúa si la información es eficaz o no para cumplir con la transparencia. 

Por su parte, Isabel Ortiz Monasterio, asociada senior de Ritch, Mueller, Heather y Nicolao, S.C. experta en Protección de Datos Personales de México, comentó que en ese país, al ser federal, cada uno de los 32 estados garantizan el derecho a la información tanto en el sector público como privado. 

El órgano garante es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y tiene competencia para conocer asuntos relacionados con el Derecho a la Información y con la Protección de Datos Personales,  cuenta con personalidad jurídica propia y garantiza que se entregue la información pública que haya sido solicitada por el ciudadano, así como también el uso adecuado de los datos personales; sin embargo, una de sus limitaciones es la imposibilidad de emitir leyes en materia de acceso a la información y protección de datos personales. 

El foro fue organizado como parte de la Hoja de Ruta institucional para la presentación, debate social y parlamentario para la aprobación en la Asamblea Nacional de una nueva Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública como fundamento en la lucha contra la corrupción y la garantía adecuada del derecho ciudadano a saber. 

 

 

 

 

 

 

 

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