La jueza encargada del Juzgado Octavo de la Niñez y Adolescencia de Pichincha, Martha Cecilia Vimos, admitió a trámite la acción de protección presentada el pasado 30 de julio por Fundamedios con el patrocinio del Dr. Enrique Herrería, contra el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, expedido por el presidente Rafael Correa a través del Decreto Ejecutivo N°16. En su providencia la Jueza fijó para las 14:00 de mañana (martes, 06 de agosto de 2013) la audiencia pública.
Dicho Reglamento viola derechos fundamentales como la libre asociación y reunión, y la libertad de pensamiento y expresión, consagrados en la Constitución ecuatoriana y en los instrumentos internacionales de derechos humanos de los que el país es signatario. El texto de la demanda menciona a los artículos 1, 7, 16 y 26 como los de «mayor gravedad» por considerar que dicho cuerpo legal afecta derechos humanos fundamentales particularmente aquellos de la libre asociación y reunión, así como de libertad de pensamiento y expresión.
De esta forma el numeral 7 del artículo 26 impone como causal de disolución de las organizaciones sociales «la afectación a la paz pública», consideran que este ítem es altamente subjetivo y se puede prestar a antojadizas interpretaciones vulnerando el derecho a la seguridad jurídica. El artículo 7 (numeral 10), obligaría a las organizaciones sociales el ingreso de personas ajenas a su constitución, con la sola afirmación que realizan actividades relacionadas con el objeto de la organización sin que se la ONG tenga la facultad de negar dicho ingreso lo que contraviene el artículo 66 numeral 13 de la Constitución que garantiza el derecho de asociación libre y voluntaria.