Quito, 02 de marzo de 2022: La Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana de la Asamblea Nacional se reunió para continuar el tratamiento del informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica para la Garantía, Promoción y Protección de Libertad de Prensa, de Opinión, de Expresión y de la Comunicación.
Para ello contó con las comparecencias de la asambleísta correísta Paola Cabezas y la docente de la Universidad Central María Eugenia Garcés.
Cabezas presentó sus observaciones al Proyecto de Ley de Libertad de Expresión. El enfoque de la asambleísta fue principalmente hacia las audiencias. Durante la intervención, se observó que en el articulado no se establece la responsabilidad periodística y de los medios con relación a la sociedad, su independencia, imparcialidad, objetividad, etc.
Se destacó que la función del Defensor de Audiencias debería asemejarse a la que realiza un corporate compliance y ayudar a corregir malas prácticas.
Cabezas, asimismo, dijo que se debe aclarar la entrada en vigor el derecho a la réplica y la rectificación y la consecuencia jurídica penal. El tema del contenido intercultural fue otra arista de la presentación de Cabezas. Aquí, dijo que se debería señala el espacio y/o franja horaria en la que se difundirán los contenidos.
“Si queremos un país más inclusivo y respetuoso de las diversidades es necesario que actores sociales tan importantes, como los medios, contribuyan de manera real y no simplemente por cumplir la norma”, dijo.
Siguiendo el orden del día, María Eugenia Garcés mostró preocupación respecto al borrador del articulado de la Ley de Libertad de Expresión.
Una de las anotaciones fue la definición, campos de acción, y ámbitos que cada actor debe exigir y respetar. Dijo que no es “no es posible unir a la libertad de expresión con la de prensa.”
Según Garcés, en la ley se confunden los conceptos sobre derecho a la comunicación, información, libertades y medios de comunicación.
La ley, lejos de ser un mecanismo efectivo de protección, que disponga, permita o prohíba conductas que afecten los derechos, exhorta y se limita a enunciar las obligaciones del Estado frente a los medios y periodistas, pero no frente a una población que debe ser garantizada.
En el borrador del articulado no se están garantizando las responsabilidades que tienen los medios de comunicación con la ciudadanía.
La mayor parte de medios privados concentran la mayor parte de frecuencias y esto desencadena en que se privilegien voces y se deje por fuera a la mayoría, pues no se puede escuchar a los pensamientos, anhelos,etc., de otros actores.
El acceso a la información es un tema que también debería concebirse en el marco de lo privado, no solo ser una exigencia para el sector público. Sobre todo, si se trata del respeto a los derechos humanos.
Garcés también hizo énfasis en la prohibición expresa de la censura previa y el mal entendimiento de la interculturalidad.
Dijo que el optar por la vía civil, hace que el tiempo y costo que requiere una acción de esta naturaleza, limite la exigibilidad de los derechos por parte de las víctimas, especialmente por aquellas en condiciones vulnerables. Asimismo, acotó que no se puede hablar de pluralidad, si no se garantiza el mayor espectro a los medios públicos.