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La Corte Constitucional acepta parcialmente la demanda de inconstitucionalidad presentada por Fundamedios sobre la LOTAIP

May 3, 2024 | Actividades, Comunicados

Quito, 3 de mayo de 2024 – La Corte Constitucional ha emitido una sentencia trascendental en respuesta a la demanda de inconstitucionalidad presentada por Fundamedios el 05 de abril de 2023. La demanda, identificada con el número 21-23-IN, se focalizó en los numerales 14 y 15 del artículo 13, así como en la disposición transitoria novena de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP). 

En su sentencia emitida el 1 de mayo de 2024, la Corte Constitucional ha aceptado parcialmente la acción presentada por Fundamedios.  En los numerales 14 y 15 del artículo 13 de la Ley se establece que la Defensoría del Pueblo sea la autoridad que vigile el cumplimiento de dicha Ley, respecto de lo cual, la Corte ha determinado que no contravienen las funciones de la Defensoría del Pueblo, ya que se refieren a las sanciones y correctivos dirigidos a los sujetos obligados por la LOTAIP. 

La disposición transitoria novena del mismo cuerpo legal ha sido declarada inconstitucional por la Corte. Esta disposición, que exigía requisitos como los datos personales del solicitante para entregar información con el fin de prevenir su «mal uso». Esto fue considerado por la Corte contrario al derecho al acceso a la información pública. Argumentó que, según el mandato legal, la información pública debe ser de fácil acceso para los ciudadanos, sin obstáculos que restrinjan su disponibilidad. “Resulta irrazonable y constituye una traba para el ejercicio del derecho exigir a los solicitantes un requisito previo, como que completen un formulario con sus datos personales, para acceder a información que ya debería ser pública y accesible sin la necesidad de ningún procedimiento adicional”, indicó. La sentencia emitida representa un paso significativo hacia la transparencia y el acceso a la información en nuestra sociedad. Fundamedios, como accionante en este proceso, celebra este fallo como un avance en la protección y garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Sin embargo, nos mantenemos atentos a que esta sentencia se cumpla de manera inmediata y aplique al Reglamento de la Ley emitido el 23 de enero de 2024. 

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