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Seguiremos informando: El periodismo ecuatoriano frente a las restricciones electorales

Jul 19, 2012 | Informes

“Continuar trabajando con profesionalismo, equilibrio y equidad” es la respuesta que dan algunos editores de noticias de los principales medios privados ecuatorianos para afrontar, durante períodos electorales, las posibles limitaciones al trabajo periodístico.

Al respecto, el magistrado Luis Yúnez, encargado de tramitar las acciones de inconstitucionalidad en contra de las reformas que establecen la censura previa al trabajo de comunicadores, durante procesos electorales, se pronunció cuestionando su legalidad. Estas reformas fueron introducidas, a través de un veto presidencial, al llamado «Código de la Democracia».

Estas restricciones se ponen en vigencia luego de que la Corte Constitucional decidió, el pasado 12 de julio, levantar las medidas cautelares que suspendían la aplicación de las reformas a los artículos 203 y 207 de la Ley Orgánica Electoral, conocida como Código de la Democracia, que establece -entre otras cosas- la prohibición a los medios de comunicación de hacer «promoción directa o indirecta, ya sea a través de reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje, que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis política».

Mientras la Corte Constitucional decide la legalidad del veto presidencial, las redacciones de los principales medios del país tienen clara una cosa: seguir informando al público de la mejor manera posible, pese a los inminentes obstáculos a la labor periodística y el control de lo que se dice en los medios.

Para Miguel Rivadeneira, director de noticias de Ecuadoradio, lo mejor que pueden hacer los medios en estos momentos es actuar con profesionalismo. En su caso, asegura que seguirán planificando entrevistas profesionales como lo han hecho en todos los procesos electorales y continuarán armando debates para que sea el público el que analice, se informe y, libremente, ejerza su voto sin ningún tipo de inducción.

“Seguiremos en esta actitud profesional que esperamos no afecte, porque nuestra tarea es con los oyentes, que necesitan tener la más amplia y variada información para hacer un juicio de valor a cabalidad para pronunciarse libremente en las urnas”, apuntó el periodista, para quien resultaría inadmisible e inconstitucional recibir una sanción por tratar de llevar información útil a los radioescuchas.

Este criterio coincide con el de Carlos Rojas, editor de política de diario El Comercio, quien considera que “hacer un buen periodismo es la receta para evitar cualquier tipo de menoscabo. Si el menoscabo sigue, la sociedad civil y nuestros lectores se darán cuenta de cómo nos afectan en nuestro derecho de informar”.

Para Rojas, El Comercio tiene una tradición de pluralismo en épocas electorales y este nuevo período no va a ser la excepción, pues tienen claro que tratarán de ser lo más equilibrados y equitativos posible. “Ni se ha jugado por un determinado candidato, ni se le ha dado más importancia a uno que al otro (…) Deberíamos rescatar lo que siempre hemos hecho, ser objetivos”, dice.

“El Gobierno tratará de arrinconar a la prensa privada de alguna forma. Lo que pasó con las sanciones que se quisieron imponer a la revista Vistazo y a diario Hoy en la campaña de mayo 2011 demostró que hay la posibilidad de que existan recursos legales para complicar a la prensa privada y -desde ese punto de vista- vamos a tener que trabajar con mucho profesionalismo”, apunta el editor.

Jorge Iván Melo, director regional de noticias en Teleamazonas, comenta sentirse preocupado con las posibles restricciones que tendrán los medios en la cobertura electoral y, sobretodo, el cómo se determinarán y regularán las posibles sanciones. No obstante, afirma que su estrategia será seguir entrevistando a los candidatos con la mayor pluralidad posible. “No nos alineamos a ningún candidato, hay que ser cuidadosos y equitativos en el tiempo en que se da a cada aspirante”.

En este sentido, Luis Vivanco, jefe de información de diario La Hora, confiesa que aún están estudiando qué posición tomar en la línea informativa ante este “nuevo cerco a la libertad de prensa”. “Es un asunto que habrá que manejar con cuidado y que, seguro, no aplicará para medios de gobierno. Tendremos que tomar una decisión cuando la Corte Constitucional ya bendiga el veto presidencial. Será difícil, porque es difícil ejercer libre información cuando te arman una jaula legal”, comenta Vivanco.

Pese a los cuestionamientos recibidos al veto presidencial, por restringir la libertad de expresión, el presidente Rafael Correa ha insistido en que el llamado Código de la Democracia no prohíbe a los medios de comunicación hacer entrevistas o reportajes a determinados candidatos en la próxima campaña electoral.

En una reciente entrevista ofrecida en el set de Canal 6, en Babahoyo, aseguró que “quienes andan diciendo que están prohibidas las entrevistas les están mintiendo (…) Lo que no pueden hacer es campaña a favor de un determinado candidato, porque eso no es democrático”, insistió el Jefe de Estado.

Dudas por la aplicación de la norma tras levantamiento de medidas

El 7 de febrero de 2012, Fundamedios, AEDEP, las Clínicas Jurídicas de la Universidad San Francisco y los periodistas Juan Carlos Calderón y Christian Zurita presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma a la Ley

Orgánica Electoral, cuya aplicación se mantuvo suspendida durante casi cuatro meses, gracias a las medidas cautelares que fueron otorgadas el pasado 6 de marzo. Sin embargo, surgen cuestionamientos y dudas tras la revocatoria de las mismas.

Para Medardo Oleas, exvicepresidente del ahora extinto Tribunal Supremo Electoral, “lo que hizo la Corte Constitucional al revocar las medidas cautelares es una abierta violación a las normas que rigen la tramitación de las demandas de inconstitucionalidad y, al haber tomado esa resolución inconsulta, están anticipando criterios”.

El 4 de enero de 2012, el Presidente de la República envío a la Asamblea Nacional su objeción parcial al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código de la Democracia, estableciendo restricciones al trabajo periodístico de cara a la campaña para las elecciones de 2013.

Entre las reformas que introdujo el Mandatario está la prohibición a los medios de comunicación para hacer «promoción directa o indirecta, ya sea a través de reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje, que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis política», así como la prohibición a los medios de difundir «cualquier tipo de información dispuesta por instituciones públicas y la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes…» durante la veda electoral, es decir 48 horas antes del día del plebiscito hasta las 17:00 del día de los comicios.

El incumplimiento de estas normas constituirá una infracción electoral sancionada con multa de cincuenta a cien mil dólares, según establece el artículo 277 de dicho Código.

Magistrado que conoció la causa pidió que se declaren inconstitucionales las reformas electorales

El martes 17 de julio, el magistrado Luis Yúnez, encargado de tramitar las acciones de inconstitucionalidad en contra de las reformas a los artículos 203 y 207 del Código de la Democracia -que establecen la censura previa al trabajo de periodistas y comunicadores durante procesos electorales- presentó su ponencia en la cual concluye que debe declarase la inconstitucionalidad de todas las reformas introducidas por el Presidente de la República a dicho código.

Para el magistrado, las reformas introducidas por el Ejecutivo vulneran el derecho de los periodistas a ejercer su trabajo y despojan a la ciudadanía de su derecho a recibir información que le ayude a formarse una idea completa sobre quienes aspiran a llegar al Gobierno. Afirma que sostener que los medios de comunicación pueden promover determinada preferencia electoral, como indica el Ejecutivo, contradice lo expresado en la audiencia pública por el propio abogado de la Presidencia de la República, quien señaló “que los medios de comunicación tradicionales no hacen la opinión pública”, puesto que han sido desplazados por los medios virtuales.

Yúnez aclara que la hipótesis de considerar que una entrevista o reportaje induce a los ciudadanos a votar por el “candidato de los medios” -a los que sin la más remota prueba se los acusa semanalmente de “corruptos”- implica despreciar la inteligencia de los ecuatorianos.

El juez coincide con el Primer Mandatario cuando expresa que hay periodistas de medios independientes que invitan a un determinado actor político para entrevistarlo y luego permiten un monólogo de parte del entrevistado; cree que si bien es un acto que se debe rechazar, lo mismo ocurre con los periodistas que laboran en medios incautados y en canales estatales: de ninguna manera deben estar al servicio de algún partido político. No obstante, esto forma parte de la ética profesional y no por ello se justifica la intromisión directa del Estado en la comunicación social.

Dentro de las limitaciones constitucionales a la facultad de colegislador del Presidente de la Republica está la prohibición expresa de incluir materia no contemplada en el proyecto; en este caso, la reforma al Código de la Democracia no hace referencia a los medios de comunicación, por lo tanto, el Presidente no podía plantear ni redactar reforma alguna, pues en procedimiento legislativo solamente se reforma lo que previamente se propone.

En este sentido, el magistrado aclara que la propia Asamblea reconoció la violación del Art. 138 de la Constitución, alegando que el Ejecutivo abandona el ámbito de la regulación del artículo, ya que no se refiere a entidades públicas sino a medios de comunicación.

Para Luis Yúnez, la reforma planteada viola los principios básicos para la existencia de una sociedad democrática: la libertad de expresión y la garantía de los ciudadanos de no ser impedidos de acceder al libre flujo de la comunicación. Mientras los medios de comunicación independientes estarán obligados a callar en la etapa crucial de las elecciones, el partido que maneja el Estado sí podrá hacer propaganda, alegando que se trata de informes al país de las obras en beneficio de los pobres. “No solo se anticipa el ganador sino que de la manera en que lo hace es inconstitucional, vergonzoso y sin validez jurídica alguna”.

La reforma planteada viola tratados internacionales de derechos humanos como el Art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que señala que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitación de fronteras” y el Art. 13, numeral 3 del Pacto de San José: “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.

En este sentido, Yúnez estima que es “una clara interferencia del Ejecutivo”, carente de justificativos constitucionales y legales en derechos humanos garantizados no solo para los comunicadores sociales y los medios a los que pertenecen.

Haciendo referencia al caso El Universo, aclara que las expresiones de un periodista, aunque disgusten a un gobernante, pueden ser merecedoras de la desaprobación social pero no de caer en sentencias vergonzosas que además condenan al medio de comunicación por un artículo de opinión. Un presidente, funcionario de altísima investidura, “debe aprender a ser tolerante con las alabanzas que le rinden sus simpatizantes, pero debe saber digerir incluso la crítica de otro sector que disiente”.

El magistrado argumentó su posición, citando al jurista italiano Ferrajoli, quien señaló que “nunca como hoy el ser humano se encuentra más despojado de su dignidad por gobiernos que confunden vigencia con validez constitucional y que se sienten justificados de hacer lo que les parece porque tienen un temporal respaldo de las masas”.

Explica que el temor de diversos sectores, que por el simple hecho de no coincidir con el Presidente pueden ser despojados de sus derechos, es que se intentaría en la práctica “impedir que otro aspirante a Carondelet pueda dar a conocer libremente su proyecto presidencial a través de los medios de comunicación independientes”, puesto que consideran que no tendrán cabida en “los numerosos medios de comunicación incautados y que lejos de ser medios públicos son parlantes y militantes gobiernistas”.

Según Yúnez, para el Ejecutivo la libertad de expresión pertenece a los ciudadanos y no a los medios, pero se pregunta por medio de quién fluyen las noticias de interés general y finaliza sus cuestionamientos anotando que la Corte Interamericana ha enfatizado que la libre expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad civilizada que se inclina reverente ante la democracia. Es indispensable para la formación de la opinión pública, por consiguiente, una sociedad que esté bien informada, de lo contrario no es plenamente libre.

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