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Sanciones por Ley Comunicación

Enmienda constitucional convertiría a la comunicación en un servicio público

Jul 4, 2014

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El 26 de junio de 2014, el bloque de asambleístas del oficialismo, liderado por la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, entregó a la Corte Constitucional un proyecto de 17 “enmiendas constitucionales” entre las que se contempla que la comunicación sea considerada como un servicio público. El documento de tres páginas plantea, en su artículo 16, agregar como primer inciso al artículo 384 de la Carta Magna el siguiente texto: “La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios”.

De ser acogida esta enmienda, el mencionado artículo, que se ubica en la sección séptima de la Constitución bajo el título de “Comunicación Social”  quedaría de la siguiente manera: “La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios. El sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana…”

La inclusión de esta enmienda responde a una propuesta que presentó en días pasados el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información (Cordicom). Sin embargo, fue el Presidente de la República quien el pasado 18 de junio, durante su intervención en la Comisión Permanente de Formación Política del movimiento oficialista Alianza País sugirió a sus integrantes profundizar en cuestiones verdaderamente revolucionarias y se preguntó “¿por qué no hacer una enmienda constitucional» para «establecer que la comunicación y particularmente la información no es un simple negocio privado» sino «un servicio público que tiene que estar garantizado para la sociedad en forma adecuada?, en declaraciones recogidas por diario El Comercio.

La Ley Orgánica de Comunicación -la cual ha sido impugnada por inconstitucional y está a la espera de la resolución de la Corte Constitucional, ya señala en su artículo 71 que la “información es un derecho constitucional y un bien público; y la comunicación social que se realiza a través de los medios de comunicación es un servicio público que deberá ser prestado con responsabilidad y calidad, respetando los derechos de la comunicación establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y contribuyendo al buen vivir de las personas”.

Constitutional amendment would transform the communication in a public service

On June 26, 2014, the assembly ruling bloc was led by the National Assembly’s president Gabriela Rivadeneira, who presented to the Constitutional Court a draft of 17 «constitutional amendments» on the draft is contemplated the communication will be considered as a public service. The three-page document presents, in Article 16, to add as first paragraph of Article 384 of the Constitution the following text: «Communication as a public service will be provided through public, private and community media.»

If this amendment is accepted by the assembly plenary, the above mentioned article, which ranks seventh in the Constitution section under the title «Social Communication» it would read as follows: «Communication as a public service will provided through public, private and community media. The social communication system will insure the exercise the rights of communication, information and freedom of expression and furthermore citizen participation will be strengthened…”

The inclusion of this amendment responds a proposal submitted recently by the Council of Regulation and Information Development (Cordicom). However, it was the President, Rafael Correa who on June 18, during his speech at the Education Political Committee of the ruling movement party Alianza Pais the President suggested the members to truly deepen on revolutionary issues and he wondered «why not make a constitutional amendment» to «establish that the communication and particularly the information is not just a private business» but «a public service that has to be guaranteed properly for our society?”. According to the president’s declarations in the newspaper El Comercio.

The Communications Law has been challenged as unconstitutional and is awaiting the decision of the Constitutional Court, as stated in its Article 71 that the «Information is a constitutional right and a public good; and social communication is done through the public media which is a public service that should be provided with accountability and quality, respecting the communication rights guaranteed in the Constitution, international instruments and contributing to the good people life style «.

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