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Fundamedios

Uso abusivo del poder del Estado

Secom ordena cadena para emitir mensaje de candidato

Feb 14, 2014

ENGLISH VERSION

El 12 de febrero de 2014, una cadena ordenada por la Secretaría Nacional de Comunicación interrumpió durante 10 minutos los espacios informativos y musicales de todas las estaciones de radio con cobertura en la ciudad de Quito y alrededores, para transmitir una rueda de prensa de Jorge Albán, Alcalde encargado de Quito y candidato a concejal por el movimiento oficialista.

El espacio gubernamental fue ordenado a las radios quiteñas bajo la justificación de “Informe sobre acontecimientos de interés general de la ciudadanía”, según consta en el oficio Nro. PR-SSINF-2014-000081-C, firmado por Andrés Michelena, Subsecretario de promoción de la comunicación de la Secom. En dicha orden, constaba que la cadena sería por un tiempo de 60  minutos, aunque al final ese espacio se redujo a 10.

En esta cadena, el candidato a concejal Jorge Albán, haciendo alusión a las propuestas del candidato a Alcalde Mauricio Rodas, anunció entre otras cosas, la reducción de las multas por vehículos mal estacionados y la suspensión del cobro de peajes.

Fundamedios recuerda que el artículo 74 de la Ley Orgánica de Comunicación, cuya constitucionalidad ha sido impugnada ante la Corte Constitucional, señala como obligación de los medios audiovisuales “Transmitir en cadena nacional o local, en todos o en varios medios de comunicación social, los mensajes de interés general que disponga el Presidente de la República y/o la entidad de la Función Ejecutiva que reciba esta competencia. (…) Estos espacios se utilizarán de forma coordinada única y exclusivamente para informar de las materias de su competencia cuando sea necesario para el interés público .

Así también manifiesta su preocupación, pues la orden de la SECOM viola además el Código de la Democracia, al obligar a los medios de comunicación a transmitir un mensaje contrario al artículo 203 (“Los medios de comunicación social se abstendrán de hacer promoción directa o indirecta que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis política”) y al artículo 207 (“Queda prohibida la exposición en espacios audiovisuales, que impliquen la utilización de recursos públicos de la imagen, voz, y nombres de personas que se encuentren inscritas como candidatas o candidatos”).

Secretary of Communications orders broadcast to transmit message of candidate to Quito City Hall

On February 12, 2014, a broadcast ordered by the National Secretariat for Communications SECOM the regular programing of radio stations in Quito for around 10 minutes, to transmit a press conference given by Jorge Alban, Mayo in charge of the City Hall of Quito, who is also running for city council for the official party, Alianza País.

The broadcast was justified alleging it was a “report on issues of public interest to the citizens of Quito, according to office N° PR-SSINF-2014-000081-C, signed by Andrés Michelena, Undersecretary of SECOM. The order indicated that the broadcast would last 60 minutes, when in fact it only lasted 10.

Candidate to the city council of Quito and Mayor in charge, Jorge Albán, responded to the remarks made days before by Mauricio Rodas, candidate for Mayor of Quito, in which he announced that the current administration had unfairly charged citizens with parking fines, and announced tolls would no longer be charged.

Fundamedios reminds that Article 74 of the Communications Law (whose constitutionality has been challenged in several occasions), mandates that “all networks must transmit national broadcasts that refer to messages of national concern ordered by the President or any agency of the Executive Branch (…) the broadcasts will be aired only to inform of the issues that are of the exclusive competence of the agency that requests it and to inform of matters of public interest”.

Fundamedios also expresses its concern since the broadcast ordered by SECOM violate the Democracy Code, that establishes in article 203 that “ Media is not allowed to make any direct or indirect promotion  in favor or against any candidate, posture , option , electoral preference or political thesis”, while  article 207 indicates that “any exposure in the media that entails the use of public audiovisual resources such as image, voice, and names of people that are currently running for any official posts is forbidden”.

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