Ecuador, 27 de mayo de 2021. El presidente Guillermo Lasso envió la tarde del 25 de mayo a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación. Fundamedios valora el mensaje del Presidente Guillermo Lasso de desmontar la estructura represiva en contra de la prensa que se impuso durante el Gobierno autoritario populista de Rafael Correa y que no fue desmontado en su totalidad durante el Gobierno de Lenín Moreno.
El proyecto de Ley presentado por el Ejecutivo va en el camino correcto y recoge distintos principios amparados en instrumentos internacionales de Derechos Humanos, que promueven el respeto a la libertad de expresión y prensa, tal como se ha planteado por parte de las organizaciones que formamos parte de la Hoja de Ruta por la Libertad de Expresión 2021-2025.
Queremos destacar y apoyar, además, la despenalización de la opinión a través de la derogatoria de los artículos 182 y el numeral 1 del 396 del Código Integral Penal que se plantea a través de una Disposición Derogatoria en el proyecto enviado a la Asamblea Nacional.
No obstante, hemos detectado distintas partes de esta propuesta normativa que plantean dudas y podrían contradecir el espíritu de lo señalado en dichos instrumentos.
El artículo 8 de la propuesta señala el derecho a la inviolabilidad y secreto de las comunicaciones personales, que se realicen verbalmente a través de redes sociales y servicios de telecomunicaciones legalmente autorizados o mediante soportes del papel o dispositivos de almacenamiento electrónico; sin establecer definiciones claras respecto a comunicación personal que delimite la aplicación de este artículo. Cabe recordar, al respecto, que hace pocos días fue aprobada la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, donde ya se garantiza el derecho a la intimidad y a la privacidad de los ecuatorianos, garantizando, al mismo tiempo, el trabajo periodístico y el derecho a la libertad de expresión.
El artículo 7, por su lado, establece que cualquier persona que se sienta afectada por informaciones de un medio de comunicación podrá solicitar copias de las publicaciones para ser utilizadas en acciones civiles de responsabilidad ulterior. El artículo 6 habla del Derecho a la Réplica o Respuesta, cuando el Derecho a ser protegido y garantizado debería ser el de la Rectificación frente a información potencialmente errada transmitida por los medios. La respuesta a opiniones, en cambio, es un derecho que no está plenamente desarrollado ni existen obligaciones, establecidas por estándares, al respecto.
De la misma manera, creemos que es importante anotar que el proyecto enviado a la Asamblea Nacional no deroga en su totalidad la Ley de Comunicación, sino que genera dos nuevas leyes: una Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Comunicación y una Ley de Publicidad, Producción Nacional y Espacio Radioeléctrico, la cual es la actual Ley de Comunicación, con un nuevo nombre y donde se mantienen los artículos del 91 al 118. No obstante hay que revisar cuidadosamente el objeto de la Ley, que quedaría en vigencia.
Finalmente, de la revisión realizada a dicho proyecto se evidencian omisiones respecto a temas importantes como el fortalecimiento y protección de medios públicos y medios comunitarios. Tampoco se establecen parámetros para la publicidad oficial; también se omite establecer lo que pasará con el actual Consejo de Comunicación, ente estatal que se generó a partir de una consulta popular y cuyo destino debe establecerse con precisión en la nueva Ley. Finalmente, pero no menos importante, es que no existe ninguna disposición ni regulación encaminada a garantizar la seguridad y protección para periodistas, como una obligación del Estado, establecida en diversas resoluciones internacionales.
Desde Fundamedios, conjuntamente con las organizaciones que formamos parte de la Hoja de Ruta por la Libertad de Expresión 2021-2025, estaremos apoyando y acompañando técnicamente a la Asamblea Nacional para reparar conjuntamente los errores y omisiones y contar con la mejor Ley de Libertad de Expresión en términos de garantizar, promover y proteger el derecho de todos los ecuatorianos a producir, difundir y recibir informaciones y opiniones según los más altos estándares internacionales.