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Fundamedios propone dar paso a la Superintendencia de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales

Dic 14, 2021 | Comunicados

Ecuador, 13 de diciembre de 2021. La Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social de la Asamblea Nacional retomó el tratamiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Con el objetivo de recoger criterios para la construcción de la Ley la Comisión escuchó a César Ricaurte, director ejecutivo de Fundamedios quien presentó aportes y observaciones al proyecto.

Link a la sesión: https://www.facebook.com/100069440615418/videos/991959144735639

El director de Fundamedios detalló aspectos relativos a la nueva Ley Orgánica de Acceso a la Información Pública: señaló que es fundamental que se puedan desarrollar leyes que se ajusten a la nueva realidad normativa global, basada en las tendencias vigentes como: gobierno digital, gobierno abierto, y manejo de datos abiertos. 

En su intervención, también reiteró que es mejor legislar de forma general y trabajar en un robusto y preciso Régimen de Excepciones donde se pueda definir claramente el significado y causales para categorizar  la información como confidencial o reservada. 

Asimismo, mencionó que la información confidencial debe responder a principios fundamentales como: el derecho a la intimidad, incluyendo la privacidad relacionada a la vida, salud, seguridad, integridad de los datos personales, etc. “ La concordancia entre la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y la Ley Orgánica de Acceso a la Información Pública es indispensable. “Son las dos caras de una misma moneda”, dijo. 

Ricaurte mencionó que una de las mayores debilidades que se han identificado en la efectiva vigencia e implementación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública ( LOTAIP) radica en que el Órgano Garante ha sido la Defensoría del Pueblo la cual no tiene capacidad sancionatoria. Este Órgano ha hecho lo que ha estado en sus manos pero que para el Director de Fundamedios, los esfuerzos han sido insuficientes. Con lo antes mencionado, en la nueva Ley de Acceso a la Información Pública se debe priorizar la creación de un nuevo Órgano Garante. 

La idea central que planteó Fundamedios giró en la necesidad de crear un Órgano Garante. Aquí se partió haciendo un análisis de la ley modelo, de La Organización de Estados Americanos (OEA),  sobre los estándares mínimos que debe tener la autoridad que promoverá, interpretará, dará cumplimiento y garantizará el derecho al acceso a la Información pública. 

Ricaurte señaló que “la Comisión Parlamentaria de Derechos Colectivos y la Asamblea Nacional tienen una oportunidad de oro para dar un paso gigantesco en la efectiva garantía y protección del Derecho de Acceso a la Información Pública” con la creación de un nuevo órgano garante que nacería de la complementación de la Superintendencia de Protección de Datos Personales que debe crearse por lo dispuesto en la ya vigente Ley de Protección de Datos Personales para de esa forma constituir la Superintendencia de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, como órgano garante de los dos derechos.

Este Órgano contaría con personalidad jurídica propia y sería establecido por ley, autónomo e independiente y con capacidad para decidir sobre la ejecución de su presupuesto; especializado e imparcial; y dotado de capacidad sancionatoria, en el marco de sus competencias. Entre las facultades del nuevo Órgano Garante, Ricaurte resaltó tres: Denuncia de Infracciones; sanciones o medidas de apremio y recursos. La nueva Superintendencia de Acceso a la Información y Protección de Datos  también podrá determinar infracciones administrativas.

A manera de ejemplo, Cesar Ricaurte mencionó un estudio hecho por Fundamedios, previo a la presentación del proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, en donde se visibilizó un análisis comparativo sobre las mejores prácticas desarrolladas en la región sobre el papel de los Órganos Garantes. Entre los aspectos destacados se resaltó a Chile, país que creó un Órgano para salvaguardar el derecho al acceso a la información pública llamado Consejo para la Transparencia, es decir un órgano colegiado independiente, con personalidad jurídica y patrimonio. Esta es una corporación autónoma de derecho público. En México se reconoce el derecho al acceso a la información pública en su constitución  mediante un Órgano Constitucional Autónomo denominado Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información, y Protección de Datos Personales el cual tiene autonomía normativa, orgánica, de gestión y presupuesto y es la encargada de vigilar el libre ejercicios y cumplimiento del derecho al acceso a la información. 

Para poder contextualizar la necesidad y urgencia del tratamiento de esta ley, Ricaurte hizo un breve recuento sobre algunas acciones tomadas por autoridades del sector público, las cuales, han puesto en riesgo el derecho al acceso a la información. El director de Fundamedios expuso, como antecedente, el reciente caso del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Municipalidad de Ambato el cual intentó que no se pueda entregar ningún tipo de información a ciudadanos ni periodistas. “Con procesos como el anteriormente mencionado se evidencia que el tratamiento de la información pública se maneja de forma arbitraria y descuidada”, señaló.

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