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Fundamedios resalta el Mecanismo de Protección al Trabajo Periodístico como el mayor avance del Reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación

Ago 24, 2023 | Actividades, Comunicados

24 de agosto de 2023.- El presidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso, firmó el Decreto Ejecutivo Nro. 850, y emitió el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), que fue a su vez reformada el pasado mes de noviembre de 2022. En el acto, que tuvo lugar el 23 de agosto, estuvieron Wendy Reyes, secretaria de comunicación, y Henry Cucalón, ministro de gobierno.

En su intervención, el presidente señaló: “Hoy el Ecuador da un paso importante en su necesidad de blindar la democracia para proteger los derechos de los ciudadanos en cuanto a la libertad de expresión”, y añadió que una sociedad informada es una sociedad libre, de donde el papel estatal en la protección de la libertad de expresión es central para el sostenimiento de la institucionalidad democrática. 

Para el sector de la comunicación resulta trascendental la categorización de periodistas y trabajadores de la comunicación como “sujetos protegidos”, contenida en el artículo 4 del Reglamento, pues implica el reconocimiento de derechos específicos y especiales derivados de su condición y/u oficio, y que, a su vez, deben traducirse en deberes estatales de protección específicos.

Este instrumento, tanto como la categoría anterior, eran una deuda pendiente del Ejecutivo, y son el medio para poner en marcha el “Mecanismo de Prevención y Protección al Trabajo Periodístico” (Mecanismo de Protección), creado por la LOC en su artículo 42.1., y cuyo objetivo central es “[…] adoptar medidas de prevención y protección que garanticen el trabajo periodístico, mediante la instauración de políticas de seguridad que serán implementadas a partir de una evaluación técnica sobre la situación de riesgo de los trabajadores de la comunicación, la que será ejecutada por las entidades señaladas en la Ley y con la participación y colaboración de las entidades que se consideren necesario […]”. 

El presidente Lasso destacó especialmente su creación, “[…] en medio de las presiones de los grupos de poder y de grupos criminales”.

En línea con la Ley, el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación (Consejo de Comunicación) debe activar de forma inmediata procesos de articulación interinstitucional e intersectorial, para que, junto con los entes rectores de las políticas de defensa, relaciones internacionales, seguridad ciudadana, gestión de riesgos, derechos humanos e inteligencia, se creen mecanismos de prevención de riesgos, de protección de trabajadores de la comunicación cuyos derechos sean vulnerados, y de procuración de justicia y reparación integral.  

Fundamedios participó con aportes al Reglamento sobre todo en el diseño del Mecanismo de Protección. Además, la inclusión del enfoque de género, recogido en su artículo 31, que obliga al Consejo de la Comunicación a observar la perspectiva de género en todas las medidas e iniciativas que tome; a establecer mecanismos de recopilación de información sobre las diversas manifestaciones de la violencia contra mujeres periodistas y demás trabajadoras de la comunicación; y, a solicitar e incorporar propuestas y recomendaciones de organizaciones de la sociedad civil especializadas en libertad de expresión, periodismo, monitoreo y violencia de género.

La inclusión del enfoque diferencial e interseccional, recogido en su artículo 39, que obliga a los entes y personas que conformen el Mecanismo de Protección a contemplar en cada una de las acciones que lleve adelante, la protección especial de los grupos de atención prioritaria establecidos en la Constitución de la República.

Fundamedios exhorta a la máxima autoridad del Consejo de la Comunicación, a conformar inmediatamente el Mecanismo de Protección bajo los principios y el diseño establecidos en el Reglamento, incluyendo la coordinación con la sociedad civil organizada. Al mismo tiempo, se debe avanzar en la conformación del nuevo Consejo en los plazos establecidos. 

Por su parte, el artículo 43 del Reglamento señala que los órganos encargados de la planificación del presupuesto general del Estado serán responsables de garantizar la asignación de recursos financieros suficientes para la ejecución del plan operativo anual del Mecanismo de Protección, y para ello, el Consejo de la Comunicación deberá entregar oportunamente la planificación presupuestaria que corresponda a su funcionamiento.

Fundamedios estará vigilante de que el Mecanismo de Protección se implemente de forma inmediata, considerando el contexto de violencia sistémica en que el trabajo periodístico se desarrolla, las zonas grises de cobertura, debido a la presencia del organizaciones del crimen organizado transnacional, y la corrupción que impide dar cobertura a procesos públicos que son de interés de toda la ciudadanía. Recordamos, precisamente, que esta violencia ya ha cobrado varias vidas, como la del periodista de investigación y candidato presidencial Fernando Villavicencio.

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