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Actividades | Notas de Prensa

La Corte Constitucional tiene en sus manos la posibilidad de emitir un precedente sobre la libertad de expresión y de prensa en Ecuador

Ago 28, 2023 | Actividades, Notas de Prensa

Ecuador, 28 de agosto de 2023.- El analista político Fabricio Betancourt presentó una acción extraordinaria de protección, en relación con el fallo judicial emitido dentro del proceso iniciado en su contra por el director de talento humano de la Fiscalía General del Estado (FGE), Jonathan García Cañarte. El analista fue denunciado y sentenciado por mensajes publicados en su cuenta de Twitter en el año 2022, donde manifestó su inconformidad con el Director de Recursos Humanos de la Fiscalía. 

García presentó la denuncia el 13 de abril de 2022, por la comisión presunta de una contravención, según la cual, cualquier persona que por cualquier medio profiriere expresiones en descrédito o deshonra de otra, sería sancionado con pena de prisión de 15 días y el pago del 25% de una remuneración básica unificada. En Twitter denunció que este funcionario de la Fiscalía se encontraba fuera de su domicilio con policías para que firmara un documento, y fue amenazado en caso de que no firme. Tal parece, según la sentencia, se trató de un problema familiar. Dado que, Betancourt es primo de la esposa del Director de Recursos Humanos. Según informó el demandante, Betancourt habría destruido de forma violenta las ventanas y paredes de su prima (esposa de García). Sin embargo, en el alegato de Betancourt se explicó que no existen pruebas de esa infracción ni tampoco un vínculo con la misma. “Los servidores públicos tienen el derecho a la honra disminuidos, en los actos relatados se evidencia que son ellos los que cometieron delitos como la violación  del domicilio al ingresar a golpear la puerta del hogar, solicita que se declare la malicia y la temeridad de la denuncia y se ratifique la inocencia por no haber pruebas”, se lee en el alegato del denunciado. 

Dentro del proceso y como parte de las pruebas, se incluyó un informe de audio y video que contiene las opiniones vertidas en Twitter. El documento detalla que Betancourt envió mensajes a las cuentas institucionales de la FGE, y que los mismos constituirían, entre otras, prueba de uso de lenguaje hostil. 

Con la acción ante la Corte Constitucional del Ecuador, Betancourt espera que se siente un precedente jurisprudencial que proteja verdaderamente a quienes ejercen su libertad de expresión y de prensa, considerando, esencialmente, los límites en la generación de pruebas obtenidas en perfiles de opinión: “[…] La idea es establecer que ningún periodista o ciudadano común sea sentenciado cuando no existe un informe pericial de informática forense, porque cuando no existe este tipo de informes, en un caso que sucede en las redes sociales, cómo te pueden juzgar con un informe de audio y video. En este caso fue solo de fotografía …]”, comentó Betancourt a Fundamedios. 

Además, explicó que su caso se llevó adelante de forma malintencionada, y se unieron seis tuits que no estaban relacionados entre sí, y por ello solicitó a la Corte Constitucional precisar su jurisprudencia sobre libertad de expresión, con énfasis en casos relativos a la contravención de injurias. Además, pidió que se prohíba el agrupamiento de mensajes emitidos en diferentes días y horas, de cara a evitar una manipulación de material probatorio: 

“[…] Es necesario que la Corte Constitucional establezca un precedente a favor de la libertad de expresión, especialmente en situaciones hipotéticas en las que un servidor público o autoridad  pública llegue al poder y pueda utilizar esta norma legal para perseguir a sus opositores por expresiones en redes sociales, dado que no existe jurisprudencia que limite la amplia interpretación de dicha norma […]”, se lee en el documento de la acción extraordinaria. 

Fundamedios recuerda que las entidades y autoridades públicas deben manifestar mayor tolerancia frente al escrutinio y crítica públicas, precisamente por los servicios que prestan o calidades que ostentan.

Este no es el único caso que se registra con base en el mismo artículo 396, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal. El presidente, su asesor y el jefe de talento humano de la Empresa Eléctrica Regional Norte iniciaron un proceso judicial ante la Unidad de Garantías Penales de Ibarra, en contra del  director del medio “Ciudad Tv”, Óscar Pérez, por la misma contravención. 

Las sentencias contra la libertad de expresión en redes sociales se han vuelto frecuentes en el país. Es el caso de Guillermo Lizarzaburo, periodista y director del medio “Guayaquil News”, quien fue sentenciado junto al empresario Juan Pablo Paz, a dos años de cárcel por el delito de calumnia. Su caso se encuentra en fase de apelación. El proceso fue iniciado por Pablo Bolívar Muentes, hasta hace pocas semanas asambleísta del Partido Social Cristiano (PSC). La acusación de Muentes se basa también en tuits de distintas cuentas. 

Fundamedios considera importante el pronunciamiento de la Corte Constitucional, en el sentido de generar conciencia sobre el mal uso de la justicia para afectar el ejercicio periodístico en el país, y de obligar a los jueces de instancia a apegar sus decisiones a estándares internacionales de derechos humanos, con énfasis en libertad de expresión y de prensa.

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