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Relatorías Especiales para la Libertad de Expresión valoran cambios, pero recomiendan profundizar reformas

Jun 25, 2019 | Comunicados

El Informe sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión en Ecuador es presentado hoy, 25 de junio, en Ginebra (Suiza), en el marco del 41° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de Naciones Unidas.

El documento fue elaborado por el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión de la Organización de las Naciones Unidas, David Kane y el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Edison Lanza, quienes visitaron Ecuador en 2018.

Los Relatores reconocen como un avance significativo las medidas adoptadas por el gobierno de Lenín Moreno para “poner fin a las violaciones del derecho a la libertad de expresión” que se registraron en el gobierno pasado. También, destacan las modificaciones a la Ley Orgánica de Comunicación en 2018 y la decisión de la Corte Constitucional que derogó una disposición que establecía que la comunicación debía considerarse un servicio público y no un medio para ejercer la libertad de expresión.

En sus reuniones con periodistas, representantes de medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil, miembros de comunidades indígenas y otras personas, los Relatores Especiales observaron que la persecución ejercida durante casi diez años había sometido a esos agentes a una presión considerable. El periodismo como profesión y como institución fundamental de la democracia se vio socavado y desacreditado. Algunos de los miembros más valiosos de la profesión se vieron obligados a abandonar el periodismo o el país por temor a las represalias. 

El informe, que consta de 21 páginas, aborda puntualmente nueve temas de relevancia con sus respectivas observaciones. Por ejemplo, se mencionan las modificaciones jurídicas, la promoción de un periodismo independiente, el pluralismo y diversidad en las comunicaciones, el acceso a la información, así como la seguridad de los periodistas (en donde condenan el asesinato del grupo de prensa de El Comercio).

Sobre la muerte de Javier Ortega, Efraín Segarra y Paúl Rivas, los Relatores Especiales concluyeron que constituyó el “ataque más grave perpetrado contra los medios de comunicación ecuatorianos por un grupo delictivo organizado”. Este lamentable hecho, según se menciona, puso de manifiesto las “deficiencias de protección en el Ecuador” y la carencia de “medidas o protocolos para garantizar la seguridad de los periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación”. Por ello, los Relatores instan al Gobierno a fortalecer las actividades y la seguridad en las zonas de alto riesgo. 

Así también, destacan y valoran la creación de un comité interinstitucional para la protección de los periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación, anunciada por el Gobierno, que coordinará los esfuerzos de diversas instituciones y de la sociedad civil para proteger a los periodistas en situaciones de riesgo y establecer una política de prevención de la violencia. 

Sin embargo, concuerdan con que el comité debe incluir a los periodistas, organizaciones de la sociedad civil, representantes de los medios de comunicación y familiares de las víctimas. Además, recomiendan que las metodologías de evaluación de riesgos deben incluir un enfoque diferenciado que tome en cuenta los riesgos específicos a los que se enfrentan las mujeres periodistas, los trabajadores comunitarios e indígenas de los medios de comunicación.

Sobre la situación general de los medios y periodistas, la valoración de los relatores es aún de expectativa. El documento manifiesta que el restablecimiento de la confianza del público en la prensa y la promoción del periodismo independiente “requerirá un esfuerzo colectivo del Gobierno, los periodistas y el pueblo de Ecuador en general”. Los Relatores mencionan que los comunicadores ecuatorianos y los medios desempeñan un papel fundamental para la buena salud de la profesión. 

El informe también se refirió a la sociedad civil y los defensores de derechos humanos. Los Relatores escucharon numerosos casos de criminalización de activistas en el contexto de protestas sociales y manifestaciones. Datos entregados por la Defensoría del Pueblo, indicaron que en la década pasada se iniciaron acciones penales contra 841 personas, el 90% fueron emprendidas por el Estado.

Hasta la entrada en vigor del Código Penal en 2014, se utilizaron varios delitos con tipificaciones jurídicas incompatibles con el principio de la estricta legalidad. Entre ellas, figuraban los delitos de obstrucción ilegal de vías públicas, sabotaje, apología del delito, terrorismo, promoción de desfiles o manifestaciones públicas sin autorización, conspiración contra la seguridad del Estado y delitos contra funcionarios públicos.

En la parte final del informe se recogen más de 15 recomendaciones concretas al gobierno ecuatoriano. Sobre la Ley de Comunicación,solicitan revisar la aplicación de los artículos 23 y 24 relacionados con la rectificación y réplica, con el fin de evitar la  censura indirecta y la intimidación. 

Sobre los efectos nocivos sobre el periodismo señalan que: “La Ley Orgánica de Comunicación de 2013 socavó seriamente la independencia de los medios de comunicación, al igual que las presiones ejercidas sobre los periodistas y reporteros por el Gobierno anterior. La autocensura y el recelo en torno al periodismo de investigación persisten entre los miembros de la prensa, ya que siguen temiendo ser perseguidos en virtud de la Ley, a pesar de su reforma jurídica y técnica.”

Con respecto al COIP, exhortan a las autoridades a despenalizar los delitos contra el honor y la reputación para transformarlas en infracciones civiles. El documento hace referencia a los artículos 182, 396, 307 y 322 de este cuerpo legal.

Los Relatores Especiales observan, además, que el Código contiene otros delitos problemáticos como los tipificados en los artículos 307 y 322, que prevén penas de 5 a 7 años de privación de libertad para quien difunda noticias falsas que den lugar a una situación de pánico económico o financiero. “Las disposiciones de ese tipo forzosamente producen un efecto desalentador en quienes comentan sobre la economía o los asuntos financieros, como los periodistas, los medios de comunicación y las instituciones académicas”, destaca el documento.

El pasado 20 de mayo, el presidente Lenín Moreno envió a la Asamblea, la reforma del artículo 396 del COIP, eliminando la pena privativa de libertad de 15 a 30 días para quien “profiera expresiones en descrédito o deshonra”. En su lugar, propuso una nueva figura denominada contravención contra el honor, que sustituye la pena privativa de libertad por una sanción con trabajo comunitario de hasta 80 horas o multa de tres a seis remuneraciones básicas unificadas. 

Esa reforma, a la luz de las recomendaciones de lo Relatores y los estándares internacionales es insuficiente, pues los expertos de ONU y la CIDH instan “al Estado a que derogue esas disposiciones y apruebe otras pertinentes de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos. Al desalentar la expresión oral y la transmisión de información, la legislación vigente afecta no solo a los periodistas y a otras personas, sino también a la cantidad de información que el público puede recibir”.

Otro de los puntos importantes que destaca el documento es la adjudicación y renovación de las licencias de radio y televisión, que deben estar orientadas por criterios democráticos y procedimientos públicos y transparentes. Sobre ello, los Relatores recomiendan “que el Estado establezca un consejo o foro consultivo para todas las partes interesadas (medios de comunicación públicos, privados, comerciales y comunitarios), a fin de entablar un diálogo sobre el marco general para la adjudicación del espectro”. En este sentido, ofrecen su asistencia para el seguimiento y asesoramiento técnico en el tema. 

El informe también sugiere promover una cultura de transparencia y de libre acceso a la información pública, investigar los delitos contra periodistas para evitar la impunidad y brindar reparaciones a las víctimas (comunicadores, defensores de derechos humanos, dirigentes políticos) que se hayan visto afectadas por violaciones de la libertad de expresión en los diez últimos años. Las medidas de reparación deben ofrecer “restitución, indemnización o rehabilitación a las víctimas, así como medidas generales de satisfacción y garantías de no repetición para la amplia gama de violaciones de la libertad de expresión”. 

Los Relatores exhortan a la promulgación de una disposición transitoria de modificación a la Ley Orgánica de Comunicación para establecer un proceso de revisión de la aplicación de sanciones por la Superintendencia de la Información y Comunicación, entidad que estará en operaciones hasta julio de 2019. 

FUNDAMEDIOS se compromete a velar para que las recomendaciones de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sean tomadas en cuenta por el Ejecutivo y se convierta en un instrumento de trabajo para garantizar el derecho a la libre expresión en el país.

Descargar el documento : 2019 junio CIDH-ONU Final EC Report_ESP (1)

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